“¿Qué podemos hacer para prevenir o remediar violaciones a los derechos fundamentales que las personas pueden estar sufriendo en distintos conceptos?”, interrogó Salvador Herencia Carrasco, de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de Ottawa, Canadá, ante impartidores de justicia del Poder Judicial del estado.
Durante su conferencia magistral con el tema “Jurisprudencia internacional, valoración probatoria de norma Soft Law y argumentación de derechos humanos en el litigio estratégico”, dictada en el salón de usos múltiples de Ciudad Judicial.
Al iniciar los trabajos del Primer Encuentro Internacional “Los derechos humanos en la función judicial”, a desarrollarse este jueves y mañana viernes, el especialista precisó que parte de su trabajo ha sido en cómo adaptar el derecho internacional de los derechos humanos para resolver problemas concretos.
“Si nosotros miramos los tratados internacionales, tanto en derechos civiles y políticos; la Convención Americana y la propia Declaración de los Derechos Humanos, debemos verlos como documentos adoptados a fines de 1948 y a fines de la década de los años 60, pero no necesariamente tienen todas las herramientas para responder a las preocupaciones que hoy nosotros tenemos”, remarcó.
Por ejemplo –citó- cuando se pensó en la libertad de expresión o el derecho a la privacidad, no se concibieron las dificultades que tiene la geolocalización que en este tiempo las personas usan en sus teléfonos portátiles o la identificación mediante registro visual.
Respecto del segundo de estos casos, anotó que quienes usan redes sociales, como Facebook, participan en dinámicas diversas, como la del reto a mostrar una fotografía de hace 10 años y una actual, lo cual “al final de cuentas sirve para fortalecer programas de reconocimiento facial que podría alterar el derecho a la privacidad o a la intimidad”.
Además, advirtió que este material puede ser usado para comercializarla entre empresas de seguridad ya sean públicas o privadas, por esta razón, enfatizó que cuando se pensó en la libertad de expresión en el artículo 13 de la Convención Americana o en el derecho a la privacidad e intimidad, en el 11, no se consideraron esos problemas.
“Pero cómo hacemos para interpretar documentos o derechos previos a estas revoluciones tecnológicas con los problemas actuales; yo creo que las herramientas llamadas Soft Law, que son resoluciones, declaraciones o informes de distintos organismos de comités de derechos humanos, nos pueden dar una herramienta para poder avanzar y precisar el contenido de los derechos generalmente aceptados a situaciones concretas”.
Asimismo, subrayó que el Soft Law (o ‘ley blanda’, en español, es un instrumento carente de fuerza legalmente vinculante; también se define como principios no establecidos en reglas) es una oportunidad para precisar el contenido de derechos humanos.
“La reforma de 2011 (referente a la protección de los derechos humanos) ha abierto la posibilidad, pero debemos verla como un piso y no como un techo”.
El experto acentuó que si ya se han registrado avances en materia económica, a través del uso de instrumentos Soft Law, “¿qué estamos esperando –interrogó- para hacerlo en la de derechos humanos?”.
Necesitamos –reconoció- de herramientas para afrontar los cambios jurídicos y sociales actuales, para pensar cómo nosotros entendemos los derechos de las personas.
En la inauguración de este Primer Encuentro Internacional, al que asistió Luis Armando González Placencia, rector de la Universidad Autónoma de Tlaxcala (UAT), el magistrado presidente del Poder Judicial, Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez, mencionó que también se realizará un panel de discusión sobre los derechos civiles y políticos, con el tema “Seguridad y Derechos Humanos. Violaciones Graves, Guardia Nacional”, y otro relativo a Mega Proyectos y Derechos Ambientales.