Lunes, marzo 18, 2024

Reculan diputados y deciden que voto de presidentes de comunidad en cabildo será efectivo hasta 2021

Los diputados locales recularon en su determinación de restituir a los actuales presidentes de comunidad su voto para aquellos asuntos necesarios a aprobar en sus respectivos cabildos, pues decidieron que dicho beneficio se aplicará solo a favor de las futuras autoridades municipales.


A dos días de que aprobaran la reforma a la Ley Municipal que les restituía el sufragio a dichos munícipes, los diputados decidieron, con 19 sufragios a favor y uno en contra, reformar el artículo primero del apartado de transitorios para establecer que dicho derecho se aplicará a partir de las autoridades que entren en funciones en 2021.

Del dictamen aprobado el pasado martes, por mayoría de votos,  establecía que “el presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala”, con lo cual los actuales presidentes de comunidad ya podrían ejercer ese derecho.

Sin embargo, trascendió que con la finalidad de garantizar “la gobernabilidad” en los ayuntamientos, dada la posibilidad de que los actuales presidentes de comunidad tomaran revancha por el trato recibido en sus cabildos, decidieron postergar la entrada en vigor de ese derecho.

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Este jueves, en sesión extraordinaria, decidieron recular al establecer que “no es pertinente que entren en vigor al día siguiente de su publicación por las razones siguientes: porque otorgar el derecho a los presidentes de Comunidad en el actual periodo de gobierno podría vulnerar el derecho de irretroactividad de la ley establecido en la Constitución Federal… (y los actuales) fueron electos e iniciaron un ejercicio sin que el régimen jurídico atinentes y si el derecho a votar se hiciera extensivo a los presidentes de comunidad en funciones podría caerse en un clima de inestabilidad política, ese cambio podría tornarse brusco e inesperado en el diseño actual de los gobiernos actuales”, refirió el dictamen leído por el socialista Agustín Nava Huerta.

El único legislador que se opuso fue el morenista Humberto Cuahutle Tecuapacho, quien refirió que aprobar la enmienda es contradictorio al trabajo realizado en comisiones, además que obligarían a los presidentes de comunidad a “aceptar las migajas” que les da el cabildo para trabajar.

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Como se recordará, el pasado martes, el pleno de la LXII Legislatura local aprobó la reforma a la Ley Municipal, la cual entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, y en la que establece en el artículo 4, que el presidente de comunidad es el representante político que ejerce de manera delegada la función administrativa municipal e integra el cabildo con carácter similar al de regidor.

El artículo 14 de la norma puntualiza los requisitos para ser integrante de un ayuntamiento, además de lo que dispone la Constitución Política local, deberán ser tlaxcaltecas en ejercicio pleno de sus derechos, nativo del municipio o, en su caso, demostrar residencia en el mismo por lo menos durante los cuatro años previos a la fecha de la elección, tener 18 años cumplidos al día de la elección, y cumplir con los demás requisitos que señalen las leyes. Mientras, el artículo 120 lo faculta a acudir a las sesiones de cabildo con voz y voto.

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