Jueves, abril 25, 2024

La CNDH y el río Atoyac: riesgo de simulación oficial

Octavio Rosas Landa

El pasado 21 de marzo, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 10/2017 sobre la violación a los derechos humanos a un medio ambiente sano, saneamiento del agua y acceso a la información en relación con la contaminación de los ríos Atoyac y Xochiac y sus afluentes, dirigida a diversas instancias del gobierno federal (Semarnat, Conagua, Profepa y Cofepris), a los gobiernos de Puebla y Tlaxcala y a cinco gobiernos municipales de ambos estados. Este documento es la respuesta de la CNDH –a seis años de iniciada la queja ante esta instancia– a las constantes denuncias de las comunidades afectadas durante años por la contaminación de la cuenca del río Atoyac.

La Recomendación constituye un hito en la larga historia de lucha de comunidades en el estado de Tlaxcala y de todo el país que han denunciado las afectaciones al medio ambiente y, sobre todo, a la salud de la población que, como es común en México, termina pagando las “externalidades” que han generado la desregulación industrial y la negligencia gubernamental para detener el envenenamiento de los ecosistemas y cuencas del país.

La Recomendación de la CNDH describe el problema de la contaminación del río Atoyac y sus afluentes y hace un recuento de los estudios e investigaciones (oficiales e independientes), que se han elaborado en torno a la problemática de la cuenca desde 1995, lo cual nos indica que el gobierno federal y los estatales y municipales saben de la situación desde hace más de 20 años y no han hecho nada para detener la crisis.

Según la Recomendación –y aquí radica su importancia–, todos estos estudios comprueban la relación directa que existe entre la contaminación del río y sus impactos en la salud de la población. En la cuenca del Atoyac, la CNDH identifica como causas directas de su contaminación al vertimiento directo e indirecto de aguas residuales municipales e industriales sin tratamiento previo, así como a la falta o inoperancia de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), que se agrava por el crecimiento de la población atraída por el establecimiento de empresas industriales (químicas, textiles o de autopartes) que operan sin restricción ambiental alguna, por el abuso de agroquímicos en la agricultura y la existencia de basureros que lixivian sustancias tóxicas a los suelos y acuíferos.

Por si esto fuera poco, la CNDH advierte también que existen graves vacíos en la normatividad aplicable para la protección de la cuenca. Tanto así que en el río Atoyac–Zahuapan y sus afluentes, aun cuando se cumpliera con los límites máximos permisibles de los contaminantes vertidos en el cauce del río, establecidos en la correspondiente Norma Oficial Mexicana, éstos serían insuficientes para garantizar que su presencia no afectará el ambiente o la salud de las personas que viven en la orilla del río en 38 municipios de los estados de Puebla y Tlaxcala.

A partir de numerosas evidencias documentales, la Recomendación identifica la violación de tres derechos humanos básicos: a la información, al saneamiento y a un medio ambiente sano, y aunque esto ya constituye un avance en la lucha por la justicia para las comunidades afectadas, el camino que hay que recorrer es largo, puesto que muchos otros derechos violados no han sido mencionados como violados por la Recomendación de la CNDH, como el mismo derecho a la salud, el derecho a la alimentación, el derecho de audiencia, o a una justicia pronta y expedita, entre muchos otros.

Ahora bien, aunque la Recomendación brinda de entrada valiosos argumentos que comprueban las violaciones a los derechos humanos de los habitantes de la cuenca, por otro lado se queda corta al diluir la responsabilidad de las más de 2 mil empresas industriales asentadas en la cuenca y que operan ahí desde hace décadas, muchos de cuyos desechos terminan en el río Atoyac bajo la figura de aguas residuales municipales, puesto que se vierten a los drenajes municipales sin tratamiento previo alguno.

Empero, la contaminación del río no será remediada señalando a personas singulares como responsables de la crisis ambiental y de salud en la cuenca del Atoyac y, mucho menos, homogenizando la responsabilidad entre personas e instituciones y entre pequeños productores y grandes empresas. Resulta grave, y podría generar conflictos al interior de las comunidades, que no se reconozca una responsabilidad diferenciada entre quienes contaminan el río. No contaminan igual las grandes empresas que los pequeños lavanderos de mezclilla y sobre todo, no es igual la composición de las aguas residuales municipales que las industriales.

En su Recomendación, la CNDH llama a todas las autoridades involucradas a proponer –en caso de aceptarla– un plan de saneamiento de la cuenca en un plazo de seis meses el cual debería, en principio, incluir la participación, vigilancia y supervisión de los ciudadanos afectados. Al parecer, todas las autoridades a quienes se dirigió la Recomendación ya la han aceptado, pero aún no se conoce que hayan convocado a las comunidades a participar en proceso alguno. Sin embargo, el gobierno de Puebla sólo ha iniciado una campaña mediática incitando a la delación de los “enemigos del Atoyac”, que sólo enrarecerá el clima de descontento social y que ya ha costado numerosas víctimas por enfermedades crónico–degenerativas como cáncer o insuficiencia renal.

El riesgo es ahora la simulación oficial de un plan de saneamiento que, una vez más, se elabore a espaldas de los afectados, especialmente si se elabora sólo juntando planes parciales de cada autoridad descoordinada del resto y desvinculada de la población. La crisis del Atoyac es general y debe involucrar a todos y la CNDH debe encargarse de dar seguimiento a un proceso que ya no puede esperar a ser resuelto para reparar el daño que han sufrido los habitantes de la cuenca. Los enfermos no tienen ya más tiempo que perder esperando, ni paciencia para otra simulación más.

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