Viernes, abril 26, 2024

Aspiraciones

Cartas a Gracia

Ni vuelta de hoja. El viernes 25 de los corrientes se publicó en la Gaceta de la Cámara de Diputados, un acuerdo por el que las comisiones unidas de Educación y Puntos Constitucionales, trazan la ruta que seguirán para analizar, discutir y elaborar el proyecto de dictamen “correspondiente” a la iniciativa de reforma a los artículos 3º, 31 y 73 constitucionales enviado a la Cámara de Diputados el 12 de diciembre 2018. Esta ruta inicia el día de hoy Gracia (lunes 28 de enero) y concluirá 30 días después (27 de febrero) con la aprobación del dictamen que se enviaría a la Cámara de Senadores para los efectos pertinentes. Vale la pena que tus compañeras y compañeros de trabajo, lo mismo que las y los docentes de educación obligatoria interesados en el tema consideren que las comisiones unidas de referencia, reservan espacios para asistir a los diálogos que los diputados de las comisiones sostendrán con “especialistas en el tema” (8 de febrero); con autoridades educativas locales y de organismos descentralizados y miembros del Congreso de la Unión (11 de febrero); “organizaciones de la sociedad civil que trabajen temas educativos” (13 de febrero) y de la misma manera, con las asociaciones de madres y padres de familia (15 de febrero). Si alguna o alguno de ustedes desea participar, deberán considerar que el cupo será limitado y que requiere de un formato de pre registro disponible en la página https://diputadoscomeducac.wixsite.com/reformaeducacion. Quienes viven fuera de la CDMX podrán seguir la transmisión a través del canal del Congreso o mediante alguna de las plataformas que habitualmente lo trasmiten.

En espera de los acontecimientos y de la participación de las y los estudiosos y de las y los interesados, valdría la pena considerar algunas inquietudes y consecuencias que la iniciativa despierta, derivadas de la iniciativa de reforma enviada por el ejecutivo el 12 de diciembre. De entrada, conocer el significado que para el titular del Ejecutivo tiene el colofón de “bienestar” con el que adereza al artículo 3º: “La educación es un derecho de toda persona para alcanzar el bienestar”, lo mismo que el “principio” de excelencia que deberá regir a la educación a partir de la aprobación de la propuesta: “el Estado garantizará su impartición, la cual debe cumplir con los principios de ser universal, gratuita, laica, democrática, integral, equitativa, y de excelencia”. Ambos términos para no ser solo una aspiración política, tendrían que medirse a través de los parámetros adecuados.

Inquieta Gracia, la desaparición de la obligación que tiene el Estado para “promover” la educación inicial que establece la fracción V del actual texto y, de la misma forma, la discordancia entre la educación superior obligatoria y la fracción IV de la iniciativa: “El Estado promoverá la inclusión de los jóvenes a la educación superior y el compromiso que se deriva”. A la jerarquía del INEE y seguramente a sus colaboradores también les inquieta el finiquito del personal de las 32 Direcciones Generales Adjuntas con las que operaba en las entidades a excepción de los DGA, ausentes en el Comunicado de prensa Nº 5 publicado el 22 de enero de 2018. Los referidos y los 32 responsables administrativos dejarán de laborar a partir del día 15 de febrero; día en el que concluirá el proceso de entrega–recepción de los haberes a su cargo.

Dices y dices bien; el término bienestar se vincula con la propuesta de campaña “Primero los pobres”, mediante la que el entonces candidato a la presidencia de la República, prometería atención prioritaria a los más desfavorecidos y que por la forma en la que está redactada la iniciativa: “La educación es un derecho de toda persona para alcanzar su bienestar”, fin último de la educación que propondría la presente administración, vinculado con la mejora económica de la nación y al crecimiento que permitiría zanjar “desigualdades” sociales en todos los ámbitos de la vida y el acceso a mejores niveles de desarrollo incluidos el educativos y el cultural.

Las aspiraciones gubernamentales planteadas en la iniciativa que reformaría tres artículos constitucionales, expresarían de manera literal que “en la niñas, niños y jóvenes, radica el interés supremo de la impartición de educación por parte del Estado para el bienestar, asumiendo el magisterio su función de agente primordial para la transformación social”; respetaría en principio, la libertad de creencias resguardada por la fracción I del artículo 3º y el “criterio” (fracción II y fracción II inciso a)) que orientaría a la educación, establecidos ambos en la segunda reforma al texto del artículo 3º (30 de diciembre de 1946) y las reformas a los incisos b) y c), modificadas en la novena reforma. Derogaría el inciso d) que habría incorporado el ahora sustituido concepto de “calidad”, y se incorporaría en el inciso e), el principio de equidad; se hace referencia a la educación indígena, establecida previamente en el artículo 2º de la Constitución e incorporara en el mismo inciso, la realización de “acciones de carácter alimentario” en zonas vulnerables. Derogará la fracción III, eliminando de tajo la décima reforma que establecía –entre otra cuestiones– la base para que se creara la Ley General del Servicio Profesional Docente y remite facultades, a otras fracciones del mismo artículo. Respeta la fracción IV: “Toda la educación que el Estado imparta será gratuita”, y la adiciona con una obligación establecida en el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; tema de la carta que te enviaré el 5 de febrero, conmemoración del aniversario de la Constitución Mexicana.

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