La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de votos el dictamen que reforma la Ley Agraria, con el que se reconoce a las mujeres como sujetos agrarios y les da el derecho a heredar los derechos y títulos parcelarios de los ejidos.
En el Artículo 12 de la Ley Agraria se establece que “son ejidatarios los hombres y las mujeres titulares de derechos ejidales”, sin embargo las mujeres continúan sufriendo vulneraciones a sus derechos humanos, discriminación, violencia y exclusión en la posesión de la tierra, por lo que se incorpora a ese párrafo la frase “en igualdad de condiciones”.
El Artículo 17, menciona que los ejidatarios pueden suceder sus derechos de parcela a “uno de los hijos”, y ahora quedará “a uno de los hijos o hijas”.
Mientras que en el Artículo 18 se indica que cuando el ejidatario no haya hecho designación de sucesores o cuando ninguno de los señalados pueda heredar por imposibilidad material o legal, los derechos agrarios se transmitirán de acuerdo con una serie de preferencia, entre las cuales se agrega de manera explícita a las hijas.
Con 341 votos a favor, el documento reforma los artículos 12, 17 y 18 de la Ley Agraria, para la revaloración y el reconocimiento de la mujer en “condiciones de igualdad” respecto al hombre en la posesión de la tierra ejidal, así como a sus derechos a la herencia.