Viernes, abril 26, 2024

INSUFICIENTES SANCIONES POR DESCARGAS CONTAMINANTES

Destacamos

Información brindada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), entre 2014 y 2020 se aplicaron 103 sanciones por descargas de aguas residuales ilegales en la cuenca del río Atoyac en los estados de Puebla y Tlaxcala.

La dependencia, en respuesta a la solicitud de información 1613100018921, hecha por el Observatorio de Transparencia Con los Ojos Abiertos, de la Universidad Iberoamericana Puebla, brindó la información anterior y reportó que el monto total de las multas sumó más de 41 millones de pesos, siendo 2017 el año con más descargas irregulares detectadas. Según la información brindada, 77 fueron aplicadas en el estado de Tlaxcala, es decir tres de cada cuatro descargas irregulares detectadas en la cuenca del Atoyac corresponden a empresas y autoridades de dicho estado.

Desconocemos si el pago de las multas fue acompañado de otras medidas que garantizaran la no reincidencia de las descargas de aguas contaminantes o, como ha sucedido en muchas ocasiones, la multa significa el pago por contaminar.

Por otra parte y conociendo la ubicación de la industria en Puebla y de ciertos parques industriales, resulta insuficiente la detección de descargas residuales del periodo considerado. No existe o no se ha transparentado la información que permita conocer lo que están desechando en el río u otras fuentes de agua, lo cual es una de las demandas de las organizaciones que están pugnado por atender la grave contaminación de la cuenca del Alto Atoyac.

La posibilidad de atender la contaminación parte de un diagnóstico real de las descargas, lo que implica transitar de la simulación a el desarrollo de acciones que reflejen la voluntad política y social de atender la problemática de las descargas industriales y municipales. Como lo ha señalado Alejandra Méndez Serrano, directora del Centro Fray Julián Garcés de Derechos Humanos, ha existido negligencia oficial que ha impedido el saneamiento del Atoyac y un comportamiento desdeñoso de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), que a través del Organismo de la Cuenca del Balsas debería coordinar los esfuerzos institucionales para dicha tarea y apelar a tratados internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en caso de que sus facultades con la normativa nacional sean insuficientes para lograr el cometido.

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