Viernes, abril 26, 2024

Cuidadora en Pequeños Triunfadores, responsable de muerte de la bebé

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La mentora que tenía a su cargo el cuidado de la bebé de un año siete meses que murió el 24 de agosto pasado en la guardería Pequeños Triunfadores, fue encontrada ayer como culpable del homicidio culposo de la menor y Lucio León Mata, juez de Control determinó que pague 300 mil pesos como garantía, a fin de poder responder al proceso que se le ha iniciado en libertad.

La asesina imprudencial tendrá además que presentarse obligatoriamente cada dos semana a los juzgados para dar constancia de que no se ha dado a la fuga.

Asimismo, la profesora, a quien algunos medios de comunicación han identificado como “Gemma”, tiene prohibido acercarse a la casa de los padres de la niña y tampoco puede acudir a Pequeños Triunfadores.

Según se supo ayer, fueron seis empleadas de la estancia que cuenta con el permiso de la Secretaría de Desarrollo Social, quienes señalaron a la ahora indiciada como responsable de la muerte de la bebé, quien se llamaba Renata. Al parecer, a la maestra se le cayó de las manos y ya no pudieron reanimarla.

Cuidadora en Pequeños Triunfadores mintió

Cuando la madre de la pequeña fue a recogerla, le dijeron que su hija había perecido por bronco aspiración, aunque después la autopsia reveló que la causa del deceso eran las severas lesiones que tuvo en las vértebras.

La semana pasada, el Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría, S.J., de la Universidad Iberoamericana Puebla, las organizaciones de la sociedad civil que conforman la Red por la Infancia y la Adolescencia en Puebla (RIA) y la Alianza por la Infancia y sus familias (AIFAM), manifestaron su “preocupación ante el fallecimiento de la niña de un año y siete meses, en la guardería de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) denominada “Pequeños Triunfadores”, ubicada en la colonia Alseseca de la ciudad de Puebla, el pasado 24 de agosto”.

En un pronunciamiento, expresaron que, de acuerdo con la información periodística recabada, la causa de muerte de la niña fue por un “choque neurogénico secundario a luxación occipitoatloidea” y no por un cuadro gripal, como indicó en su momento el delegado de la Secretaría de Desarrollo Social, Juan Manuel Vega Rayet.

Asimismo, se indica que a pesar de que la familia se encuentra devastada, las autoridades correspondientes no se han acercado para brindarles apoyo, darles una explicación o informarles sobre las investigaciones. Por otro lado, resulta preocupante que algunos testimonios de los vecinos de la zona señalen que la estancia infantil funciona los fines de semana como salón de fiestas privadas.

“Recordamos que la obligación del Estado de garantizar el derecho a la vida implica una doble dimensión: la no privación arbitraria de la misma y la creación de las condiciones necesarias para que no se produzcan violaciones a este derecho humano básico. En este sentido resulta imperante recalcar que Estado tenía el deber de brindar una protección especial derivada de la condición de menor, tal como lo establece el artículo 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que debe interpretarse a la luz de los artículos 6 y 27 de la Convención sobre los Derechos del Niño que incluyen, en el derecho a la vida, la obligación del Estado de garantizar en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño(a); esta protección debió reforzarse puesto que la menor de edad se encontraba bajo la custodia del gobierno federal, donde el Estado se encuentra en una posición especial de garantizar que se robustece con la titularidad de la protección especial por la situación de vulnerabilidad derivada de la minoría de edad”.

 

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