Jueves, abril 25, 2024

Solicita Rivera protección de la justicia federal ante embargo de la Secretaría de Finanzas y Administración

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El ex presidente municipal de Puebla Eduardo Rivera Pérez inició acciones jurídicas ante el Poder Judicial de la federación para dejar sin efecto el proceso de embargo que la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA) le inició para cobrar una multa de 25.5 millones de pesos que se encuentra refutada en tribunales.

Al mismo tiempo, el fin de semana continuaron las manifestaciones de respaldo que el líder del PAN recibió en redes sociales desde el jueves pasado, cuando el ex presidente Felipe Calderón Hinojosa y su esposa Margarita Zavala Gómez del Campo exigieron un alto a la persecución del gobierno estatal en su contra.

El ex alcalde de Monterrey, Nuevo León, Felipe de Jesús Cantú Rodríguez, expresó que la batalla que encabeza Rivera es “por la verdad”, mientras la Asociación de ex Alcaldes Humanistas lamentó que las instituciones en Puebla sean empleadas para la “persecución política”.

Rivera emprendió la defensa ante las acciones de la SFA con la presentación de una ampliación al juicio de amparo 943/2017 que tramitó contra la determinación del Congreso de Puebla del 7 de abril pasado de inhabilitarlo de la función pública durante 12 años e imponerle la sanción económica de 25.5 millones de pesos.

El ex munícipe de la capital del estado señaló como responsables a nueve funcionarios, que van desde el gobernador Antonio Gali Fayad y el secretario de Finanzas, Raúl Sánchez Kobashi, hasta el notificador del proceso de embargo, Rodrigo Pedraza Luna.

El Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y Juicios Federales, que da seguimiento al litigio, dio un plazo de cinco días a Eduardo Rivera para entregar la información faltante en el medio de defensa, entre la que destaca el listado de bienes inmuebles que son objeto de embargo.

También solicitó al panista precisar los actos que reclama a las autoridades que señaló como responsables de la violación de sus derechos: el Congreso, el gobernador, la Dirección del Periódico Oficial del Estado, la Auditoría Superior del Estado, la Secretaría de Finanzas, la Subsecretaría de Egresos, la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, la Dirección de Recaudación adscrita a la Coordinación General de Estudios Normativos y Análisis Sistémico Fiscal, así como el notificador adscrito a la Secretaría de Fonanzas y Administración.

“El acto reclamado a la autoridad debe señalarse con claridad y precisión, ya que el suscrito no puede presumir cuál es el acto reclamado a esta, pues es un requisito de forma de la demanda que la ley o acto que de cada autoridad se reclame se señale con exactitud”, argumentó el juzgado.

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