Viernes, abril 26, 2024

Pide SAT denunciar malas prácticas en facturación

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El Servicio de Administración  Tributaria (SAT) dio a conocer un listado de 10 malas prácticas en la nueva facturación 3.3, la cual es obligatoria desde el primer día de 2018.

José Alfredo Barbosa Parra, jefe del departamento de Orientación, Trámites y Servicios, dijo que las personas físicas o morales que  incurran en estas irregularidades, son susceptibles a que se les cancele su sello digital y con ello estar imposibilitadas para facturar, o incluso pudieran ser sancionadas con montos que van desde los 15 mil pesos.

La primera mala práctica es pedir datos adicionales al RFC, como domicilio fiscal. El cliente o consumidor no está ni siquiera obligado a presentar impreso su registro, lo puede proporcionar de manera verbal. La segunda es obligar a los clientes a proporcionar  un correo electrónico.

 

La tercera es cobrar el IVA de manera adicional. El funcionario precisó que el precio ya debe incluir ese impuesto en su producto o servicio, ya que de no hacerlo también se estaría incurriendo en violación a los derechos de los consumidores por no respetar el costo establecido.

En cuarto lugar se ha detectado que a los clientes los canalizan a un portal electrónico para descargar su factura, cuando el proceso debe ser una alternativa para los clientes no una obligación.

Otra mala práctica es negar la emisión de la factura después de un tiempo determinado, es decir después de días o un mes, pese a que la ley permite hacerlo a lo largo de un ejercicio fiscal, es decir desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

Un problema más que se ha presentado son errores al momento de elaborar el comprobante  fiscal, sobre todo en la forma de pago, ya que no señalar el correcto puede tener consecuencias para el contribuyente. Por ejemplo, si la compra es superior a dos mil pesos, se tiene que cubrir vía electrónica y no en efectivo.

El SAT también ha detectado negativa a dar factura cuando el pago se realiza en efectivo, lo que representa una violación  al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Una mala práctica más es que no se están expidiendo comprobantes fiscales cuando hay pagos anticipados, pese a que la ley permite cerrar la operación haciendo uso de la opción “vincula comprobantes”.

Barbosa Parra agregó que ningún negocio o persona física puede negarse a emitir comprobantes, ya que todos los contribuyentes en activo, salvo asalariados o socios, deben hacerlo.

El jefe de departamento exhortó a presentar las quejas por estas malas prácticas a través del correo [email protected] o al 01 55 88 52 22 22.

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