Lunes, marzo 18, 2024

Ordena la justicia federal separar del cargo a la presidente y a los consejeros del IET

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Por incumplimiento de sentencia e incurrir en una conducta rebelde a un mandato federal, al no cubrir el pago de un laudo laboral por 2 millones 288 mil 94.43 pesos, la justicia federal ordenó iniciar proceso de separación del cargo en contra de la presidente del Consejo General del Instituto Electoral de Tlaxcala (IET), Eunice Orta Guillén y de los consejeros de este organismo, además solicitó que sean consignados ante el juez de distrito por desacato.


Luego de que el pasado 10 de junio venció el plazo que tenían los consejeros electorales para cumplir con el mandato federal emitido por el Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Tlaxcala, dentro del procedimiento de ejecución de la sentencia de amparo número 1561/2013, la parte quejosa promovió un nuevo incidente, por medio del cual los juzgadores determinaron proceder en contra de los funcionarios electorales.

De acuerdo con este expediente, de 67 fojas, la justicia federal determinó que los consejeros electorales, con el incumplimiento de la sentencia y pago de laudo, han incurrido en una causal para que sean separados del cargo y sean consignados ante la justicia penal.

Esa posibilidad, según las disposiciones judiciales, corresponderá a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quienes son los que deberán resolver este asunto y revisar los alegatos que en su defensa interpongan los funcionarios del IET.

Según esta resolución, de la cual ya fueron notificados los integrantes de la LXI Legislatura local, establece que los consejeros electorales “han sido omisos en acatar la ejecutoria de amparo, pues no han acreditado ante este juzgado con las documentales respectivas haber dado cumplimiento al fallo protector, esto es, dar cumplimiento al laudo dictado el 13 de febrero de 2012, dentro del expediente laboral CDT 483/2010–4, en el plazo otorgado para ello por la aludida junta, a fin de salvaguardar lo ordenado en el artículo 17 constitucional.

“Por tanto, al haberse agotado el procedimiento de ejecución de sentencia y atendiendo a lo que al efecto dispone el Acuerdo General 12/2009 del 23 de noviembre de 2009 del pleno de la SCJN… se ordena abrir el incidente de inejecución de sentencia y se remiten los autos originales en que se actúa al Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, para la substanciación del mismo, con el fin de que determine la procedencia de la remisión de la presente litis constitucional a la SCJN y ésta a su vez determine lo conducente, esto es, la separación del cargo de las autoridades omisas y su consignación penal ante el Juez de Distrito que corresponda, ante su conducta contumaz para dar cumplimiento a la ejecutoria de amparo”, refiere el cintillo de este fallo.

La resolución se conoce 14 días después de que los consejeros electorales determinaran vender 37 vehículos y diversos bienes muebles a fin de obtener parte de los recursos que necesitan para hacer frente al lado laboral de 2.2 millones de pesos.

Es de recordar que el pasado 3 de marzo, el Juzgado Segundo de Distrito en el estado de Tlaxcala, dentro del procedimiento de ejecución de la sentencia de amparo número 1561/2013, ordenó al IET dar cumplimiento al laudo dictado por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA), dentro del expediente CDT 483/2010, en el cual se condenó al instituto al pago de diversas prestaciones, todas por 2.2 millones de pesos.

Ante ello, los consejeros electorales aprobaron un acuerdo para desincorporar de sus bienes esas 37 unidades y, de paso, solicitar al Congreso del estado su autorización para que éstas sean vendidas, aunque hasta el momento los integrantes de la LXI Legislatura local no han dado su aval para que realicen dicha operación.


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