Viernes, abril 26, 2024

ITE adopta medidas cautelares y pide a PGJE investigar agresiones en contra de dos mujeres

Por presuntamente ser víctimas de actos de violencia y discriminación, que les han generado daños sicológicos y ponen en riesgo su integridad, el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones dictó una serie de medidas de protección y cautelares a favor de la síndica y una regidora de un municipio del estado.

La síndica y la regidora acudieron ante los consejeros electorales para solicitar medidas cautelares a su favor, ya que denunciaron que a raíz del conflicto político-social que se vive en su demarcación, han sido sujetas de actos y acciones constitutivas de delitos y agresiones, por lo que pidieron la intervención.

La principal denuncia presentada es por una serie de publicaciones en redes sociales a través de las cuales, les imputan diversas acciones, amén de que son agredidas y ridiculizadas, aspectos que confirmaron los consejeros electorales.

Al resolver el expediente CQD/CA/CG/003/2022, y por medio de diversos estudios periciales efectuados por personal de la Procuraduría General de Justicia del estado, los consejeros corroboraron que ambas funcionarias electas han sido agredidas y dichas acciones ya les generaron algún tipo de daño.

De entrada, los consejeros encontraron como responsables de las agresiones en redes sociales a ciudadanos administradores de páginas de Facebook en donde se difunden dichos actos, pero extendieron las medias en contra de diversos personajes que encabezan el movimiento social en contra de la administración municipal.

“En observancia a la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de Tlaxcala, así como en atención a la Guía de actuación para la prevención, atención y Erradicación de la Violencia Contra la Mujer en Razón de Género, aprobada por el Consejo General de este Instituto, se proponen las siguientes medidas para la orden de protección: Prohibición inmediata a las personas presuntamente agresoras y/o denunciados (as) de acercarse a las víctimas, los domicilios de las mismas, al de sus familiares y amistades, a su lugar de trabajo o de estudios, así como a cualquier otro que frecuenten tanto las víctimas directas como las víctimas indirectas.

También la prohibición de comunicarse por cualquier medio o por interpósita persona, con las denunciantes, así como de familiares y amistades que puedan ser incluso víctimas indirectas; de intimidar o molestar por si, por cualquier medio o interpósita persona, a las denunciantes y, en su caso, a sus familiares y amistades u a otras víctimas indirectas o testigos de los hechos, así como a cualquier otra persona con quienes las mujeres tenga una relación familiar, afectiva, de confianza o de hecho.

De paso, solicitaron a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, realice las diligencias necesarias que coadyuven para investigar y dar certeza de los hechos enunciados, así como para garantizar seguridad a las ahora denunciantes, aunado a lo anterior, se solicita a la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Estado, para que en el ámbito de sus atribuciones brinde la seguridad a las víctimas, familiares y su patrimonio.

“De conformidad con el artículo 390 Bis de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, respecto de las medidas de protección se declaran procedentes, dando vista al Centro de Justicia de las mujeres en el Estado de Tlaxcala, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala y la Secretaria de Seguridad Ciudadana, para que en el ámbito de sus facultades y atribuciones y tomando en cuenta a las posibles víctimas, las implicaciones culturales y de género en el caso concreto y con el fin de evitar que el daño sea irreparable, así como el derecho a continuar participando en asuntos públicos, libres de discriminación y violencia, por el simple hecho de ser mujeres— atiendan las medidas de protección, realizando la investigación de los ciudadanos que son señalados por las denunciantes, no se omite referir que dichos nombres son enunciativos, más no limitativos”.

Además, ordenaron a los administradores de las páginas de Facebook procedan a retirar y/o eliminar la publicación en las páginas de internet de la red social en un plazo de 48 horas.

También reiteraron el apercibimiento a las y los denunciados y a quienes publicaron en las páginas citadas, de abstenerse de tener cualquier clase de comunicación y/o acercarse a las víctimas o su familia.

Los consejeros enfatizaron que esta serie de medidas tienen la debida justificación, en especial, cuando hay un derecho que requiere protección provisional y urgente, a raíz de una afectación producida —que se busca evitar sea mayor— o de inminente producción, mientras se sigue el proceso en el cual se discute la pretensión de fondo de quien sufre el daño o la amenaza de su actualización, por lo que “no puede pasar por alto esta autoridad, que derivado de que los actos denunciados pueden constituir violencia política contra las mujeres en razón de género, y al encontrarse las publicaciones aun en internet, es que el principal objetivo de la medida cautelar es evitar que continúe la afectación a través de seguir viendo y difundiendo las publicaciones en referencia”.

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