Viernes, febrero 7, 2025

Será al TEPJF el que defina la continuidad de Rivas Corona al frente de Movimiento Ciudadano

Militantes del Partido Movimiento Ciudadano impugnaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la resolución de la justicia intrapartidista y de la autoridad jurisdiccional electoral local, que confirmaron la permanencia de Refugio Rivas Corona al frente de ese instituto político en Tlaxcala.

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A través de un juicio electoral promovido ante la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Armando Rosete Escobar, Abigail Serrano Hernández y otras personas militantes de Movimiento Ciudadano impugnaron el fallo de los magistrados del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), que determinaron que no existen violaciones a sus derechos por exigir la renovación de su dirigencia estatal.

La impugnación se encuentra dentro del expediente SCM-JDC-372/2023 que está a cargo del magistrado José Luis Ceballos Daza, a través del cual, los inconformes impugnan es la resolución del pasado 27 de noviembre emitida en el juicio TET-JDC-063/2023, en que confirmó la determinación de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de Movimiento Ciudadano, relacionada con la renovación de la Comisión Operativa Estatal de ese partido en Tlaxcala.

Cabe recordar que el TET confirmó la resolución emitida por la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidista de Movimiento Ciudadano, en la que determinó como legal la continuidad de Refugio Rivas Corona como dirigente de ese instituto político hasta la conclusión del proceso electoral 2023-2024.

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La confirmación de Rivas Corona se debió a que se encuentra en desarrollo el proceso electoral 2023–2024, pero, además, porque implementar el procedimiento de renovación de la Comisión Operativa Estatal afectaría labores partidistas dirigidas a la selección de candidaturas.

“La no renovación de la Comisión Operativa Estatal no afecta los derechos político–electorales de las personas militantes que impugnan, porque podrán participar en cuanto se emitan las convocatorias para la elección de personas dirigentes y candidaturas a cargos de elección popular”, establece la sentencia aprobada por el pleno del TET.

En ese sentido, los magistrados calificaron de inoperantes e ineficaces los argumentos esgrimidos por Armando Rosete Escobar y otras personas, quienes señalaban que Movimiento Ciudadano afectaba sus derechos político-electorales porque la dirigencia nacional no había implementado el procedimiento de renovación de la Coordinación Estatal de la Comisión Operativa Estatal, y porque eso mismo les impedía postularse para integrar la nueva dirigencia e incluso participar como personas candidatas a cargos de elección popular.

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Las personas inconformes también planteaban que la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidista era contraria a derecho porque no cumple con el principio de exhaustividad al no estudiarse a fondo las causas de su pretensión, por lo que ahora serán los magistrados electorales federales los que definan la continuidad o no de Rivas Corona al frente de Movimiento Ciudadano.

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