Tras más de dos meses de paro de actividades, trabajadores del Poder Judicial de la Federación en Tlaxcala levantaron el plantón que mantenían como muestra de inconformidad ante las recientes reformas constitucionales que, entre otros aspectos, ordenan la selección y designación de jueces, magistrados y ministros a través del voto ciudadano.
Si bien, desde el pasado 28 de octubre, los trabajadores integrantes del Vigésimo Octavo Circuito del Poder Judicial acordaron suspender el plantón que mantenían en sus diversas sedes y juzgados en la entidad, fue hasta este lunes cuando lonas y mesas de ese movimiento, fueron retiradas para reanudar sus actividades con toda normalidad.
Fueron casi 70 días en los que duró el paro de actividades que realizaron más de 400 trabajadores que integran el Poder Judicial de la Federación en Tlaxcala, como medida de rechazo a las enmiendas constitucionales avaladas por el Congreso de la Unión, y las cuales, pese a los diversos medios de impugnación, no fueron declaradas como inconstitucionales por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
De acuerdo con el oficio firmado por el magistrado Juan Pablo Rivera Juárez, coordinador de magistradas y magistrados de Circuito del Vigésimo Octavo Circuito en Apizaco, Tlaxcala, la medida de reanudar actividades fue por consenso de los propios trabajadores e integrante de este órgano jurisdiccional federal.
“Se ordena el ingreso a los inmuebles y el reinicio de actividades. No obstante lo anterior, con fundamento en los artículos 9, fracciones XIII y XIV, y 10, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, y toda vez que durante más de sesenta días hubo suspensión parcial de labores en la que no transcurrieron plazos judiciales y a efecto de dar seguridad jurídica a las partes, en cuanto a la reanudación de términos en los órganos jurisdiccionales de este Circuito (Centro de Justicia Penal Federal, Juzgados de Distrito, Juzgado Mercantil, Tribunales Laborales Federales, Tribunales Colegiados y de Apelación, se declaran inhábiles pero laborables los días 28, 29 y 30 de octubre de 2024”.
Además, en su momento, los trabajadores reiteraron que el paro de actividades no afectaron la impartición de justicia, ya que mientras duró éste, los juzgados atendieron las demandas de amparo de carácter urgente, los casos de privación a la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento judicial, deportación, expulsión, destierro y todos aquellos a que se refiere el artículo 15 de la Ley de Amparo y 22 Constitucional o la declaración de inexistencia de huelga.
Además, en materia penal, conocieron de consignaciones con detenido, consignaciones sin detenido de delitos calificados como graves, solicitudes de intervención de comunicaciones privadas, extradición, orden de arraigo, exhortos en donde deba resolverse situación jurídica, así como los escritos que tengan que ver de modo directo con la libertad provisional de los procesados a disposición de dicho juzgado y las ordenes de aprehensión cumplimentadas giradas por el mismo.
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