El gobierno del estado podrá expropiar bienes inmuebles, terrenos, a fin de establecer áreas naturales protegidas, con la finalidad de garantizar la supervivencia, a largo plazo, de la biodiversidad, y promover el bienestar humano a través de prácticas sostenibles, así lo planteó la diputada de Morena, Marcela González Castillo.
La también presidenta de la Junta de Coordinación y Concertación Política de Congreso local propuso, este martes, al pleno del Congreso local, durante la sesión ordinaria que duró escasos 20 minutos, la creación de la Ley de Áreas Naturales Protegidas del estado de Tlaxcala, dentro de la cual se establecen cinco áreas a proteger dentro del territorio estatal.
De aprobarse la iniciativa, las áreas naturales protegidas serían: los parques nacionales en el estado; las zonas sujetas a conservación ecológica; las zonas de valor escénico y cuerpos de agua; los jardines de regeneración o conservación de especies; y “las demás que tengan este carácter conforme a las disposiciones legales”.
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Plantea que las áreas naturales protegidas serán administradas directamente por la Secretaría del Medio Ambiente, con la puntualización que “toda zona del territorio del Estado será considerada objeto de preservación, restauración y protección particularmente aquellas áreas naturales protegidas en las que los ambientes originales no hayan sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o aquellas que a pesar de haber sido ya afectadas, requieran por su especial relevancia para la Entidad o su población, el ser sometidas a programas de preservación, conservación, remediación, recuperación, rehabilitación o restauración.
Para ello, propuso que las autoridades emitirán las declaratorias de protección correspondientes para el área de que se trate “en las que no podrá permitirse la realización de actividades, usos o aprovechamientos distintos de aquellos que se encuentren expresamente contemplados en el programa de manejo que para el efecto se emita de conformidad con el decreto correspondiente”.
La iniciativa establece que en el caso de las áreas naturales protegidas estatales y municipales, “deben respetarse la posesión de los inmuebles y los regímenes de propiedades que en las mismas existan, procediéndose en su caso a expropiarlos si así requerirse, o a convenir su adquisición”.
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En el caso de que se lleve a cabo una expropiación de terreno para que el Estado adquiera su dominio, la iniciativa señala que deberá fundamentarse la causa de utilidad pública, y “deberán observarse las previsiones de las leyes de la materia”.
Las declaratorias de las áreas naturales protegidas deberán contener la delimitación precisa del área, señalando la superficie, ubicación, deslinde y, en su caso, la zonificación correspondiente; la declaración de que se sujeta a régimen de protección el área y su denominación oficial; así como la descripción de actividades que podrán llevarse a cabo en el área correspondiente; las limitaciones a que se sujetarán; y el programa de manejo del área.
La iniciativa también precisa que las declaratorias deberán ser inscritas en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del estado, y por el interés público que representan, podrán comprender, de manera parcial o total, predios sujetos a cualquier régimen de propiedad.
González Castillo justificó su propuesta al señalar que “nos enfrentamos a la existencia de vacíos legales que generan ambigüedades y limitaciones en la aplicación efectiva de las disposiciones ambientales vigentes, por lo que “se han dejado áreas cruciales en el olvido, a pesar de haber sido decretadas hace un considerable periodo de tiempo”, lo cual ha propiciado un desinterés y descuido en la implementación adecuada de medidas de protección ambiental en diversos sectores.
La propuesta fue remitida a diversas comisiones con la finalidad de que sea analizada y en su caso, dictaminada por el pleno del Congreso local.