Ignacio Rodríguez Hernández, quien se ostenta como presidente electo de la comunidad de Santa Justina Ecatepec, Ixtacuixtla, pidió pidió a la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionar al Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) en esta materia y al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), por supuesta omisión y negligencia.
Rodríguez Hernández y otras personas se inconformaron ante la autoridad jurisdiccional federal porque las instancias locales no clasificaron su denuncia como juicio sino como un asunto general, lo cual consideran que es una vulneración a los derechos colectivos de la comunidad.
Este caso deriva de la impugnación interpuesta contra la elección de Paulino Briones López como presidente de esta población, efectuada el 18 de diciembre de 2022, “sin cumplimiento” a las normas propias de Santa Justina Ecatepec y con la presunta “intromisión” de la autoridad municipal.
En ese recurso Ignacio Rodríguez afirma que él ha sido ratificado en el cargo, en asamblea realizada el 30 de ese mes y año, en la que Antelma Rosas Martínez fue electa presidenta suplente y Ricardo Sánchez Ramírez como secretario.
Sin embargo, esta impugnación fue encauzada como asunto general por parte del ITE y del TET, lo cual es considerado por estas personas electas como una vulneración que deja a la comunidad en estado de indefensión, razón por la cual acudieron el viernes pasado a la Sala Regional Ciudad de México (SCM) a pedir el salto de la instancia local.
A través del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales Colectivos pidieron a la SCM la sanción respectiva y confiaron en que este asunto sea clasificado como conflicto extracomunitario.
Pero este 31 de enero el TET envió a Rodríguez Hernández la notificación sobre la admisión del juicio presentado y puntualizó que “en un inicio conforme a las constancias remitidas, fue substanciado como asunto general, derivado de que no se contaba con los elementos suficientes para poder determinar”.
Pero asentó que con base en otros medios remitidos “por la responsable en el informe de cuenta y las manifestaciones planteadas por el actor, se puede desprender que se trata de un Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano, respecto al cargo del cual resultó electo bajo la modalidad de elección por usos y costumbres, ante ello, se ordena a la Secretaría proceda a realizar el cambio de asignación en el libro de registro”.
Asimismo, el TET requirió al ITE que informe sobre los antecedentes en los que se ha desarrollado dicha elección por usos y costumbres, a través de las constancias que se encuentren en sus archivos.