Alfredo Balderas Piedras, presidente de comunidad en 2023 de San Vicente Xiloxochitla, Nativitas, presentó ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) una queja por la supuesta comisión de delitos electorales por parte del alcalde de ese municipio Carlos García Sampedro.
Este recurso fue presentado el pasado 10 de este mes, como parte del proceso iniciado contra ese presidente municipal, a quien ya denunció a nivel federal ante la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (Fisel), por su presunta injerencia en el proceso de elección de esta localidad regida por usos y costumbres, a través de la distribución de despensas para pedir el voto a favor de Yair Linares Botis.
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Por este hecho, Balderas Piedras también recurrió al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y al ITE. A este último solicitó la aplicación de “una sanción ejemplar” a García Sampedro y a su partido (PT), “para eliminar en la mayor medida posible, la repetición de actos semejantes en las otras 94 comunidades de Tlaxcala” que también son regidas por sistemas normativos comunitarios y no por el de partidos políticos.
Por tanto, pidió el inicio de un procedimiento especial sancionador contra el alcalde de Nativitas, porque los días 30 y 31 de diciembre de 2023 acudió a San Vicente “y cometió diversos actos que constituyen una vulneración a nuestros derechos y además, delitos electorales muy graves, pues distribuyó despensas pidiendo que las y los ciudadanos votaran por Yair Linares Botis, quien es su incondicional y funcionario” del ayuntamiento.
Explicó que en su calidad de autoridad, convocó a asamblea para el 1 de enero de 2024, día en el que -aseguró- el hermano de Yair Linares Botis, de nombre Carlos, “distribuyó dinero en efectivo frente a la presidencia de comunidad”.
Señaló que San Vicente Xiloxochitla es una localidad nahua y equiparable, que nombra a sus autoridades en asamblea general comunitaria, según las normas y procedimientos vigentes de la misma localidad, y que hasta la fecha, el acuerdo ha sido que el nombramiento de la o el presidente es por un año, por lo que al culminarse este periodo se puede ratificar a la persona o nombrar a otra.
Añadió que la asamblea de nombramiento se realiza a finales de diciembre o los primeros días de enero, previa convocatoria de la o el presidente de comunidad en turno, y que bajo la conducción de la Mesa de Debates, que se nombra para tal fin, se delibera sobre la decisión de quién es la persona que presidirá el año siguiente.