Domingo, febrero 16, 2025

Personas morales deben contar con su buzón tributario desde el 30 de septiembre: SAT

Destacamos

El administrador local de servicios al contribuyente, Eric Escobar Villa informó que las personas físicas y morales están obligadas a dar de alta su buzón tributario, ya que éste es el medio de comunicación con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre la situación fiscal de manera ágil, segura y gratuita.

En entrevista, refirió que con base en la cuadragésimo séptima Resolución Miscelánea Fiscal del 24 de julio de 2020, las personas físicas y morales están obligadas a actualizar los datos referentes a su buzón tributario.

La obligación para las personas morales entró en vigencia a partir del 30 de septiembre de 2020 y en el caso de las personas físicas esta disposición inicia a partir del 30 de noviembre, salvo para quienes estén en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), se han asimilado a salarios con ingresos menores a 3 millones de pesos o asalariado que obtengan ingresos por la enajenación de  bienes o la prestación de servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares.

En cambio, los demás contribuyentes con actividades empresariales y profesionales están obligados a tener dado de alta su buzón tributario.

Por ello, Escobar Villa refirió que los contribuyentes pueden recibir correos electrónicos en los que el SAT les recuerda que si no tienen activo su buzón tributario, que lo den de alta en razón de que es obligatorio en los casos ya citados.

“Los contribuyentes que ya tienen su buzón tributario y no han tenido problemas con los medios de contacto, no tienen nada que actualizar; en dado caso el SAT pone a disposición la posibilidad de dar de alta hasta cinco correos electrónicos en el buzón tributario para que se envíen los mensajes de que hay una notificación o un aviso en el buzón tributario.  Lo importante es que los contribuyentes sepan que no solamente tienen un correo como opción, sino hasta cinco correos dados de alta”.

Escobar Villa informó que la activación del buzón tributario se hace a través de la página del SAT y subrayó que la institución no envía ninguna liga para abrirlo a través de correos electrónicos, ni solicita que se proporcione ninguna información por esta vía.

“En un momento dado la única invitación que se hace es para actualizar los medios de contacto para el buzón tributario, pero si ya se tiene dado de alta, es seguro que los correos que lleguen a esas personas, ya que no son emitidos por el SAT”, puntualizó.

Asimismo, destacó que es importante, que los contribuyentes obligados den de alta su buzón tributario para evitar la imposición de multas por parte del SAT.

Ultimas

Queremos ‘fraternidad universal’ para México y el mundo: Sheinbaum

Gutiérrez Zamora, Ver. “A los mexicanos y a las mexicanas se nos ve como iguales, nunca de arriba abajo, porque...
- Anuncios -
- Anuncios -