Viernes, septiembre 20, 2024

Panotla municipio sin cumplir con la entrega de cuenta pública del último trimestre

De los 60 ayuntamientos únicamente Panotla incumplió con la entrega de su cuenta pública correspondiente al tercer trimestre del presente año, mientras que otros, como el caso de Xicohtzinco, las ex autoridades municipales no entregaron los estados financieros correspondiente a los meses de julio-agosto

De acuerdo a información proporcionada por la Comisión de Finanzas y Fiscalización, en esta ocasión recibieron la información financiera de los ayuntamientos de manera separada, esto debido al cambio de administraciones municipales.  

Sin embargo, en el caso de Panotla, tanto el ex alcalde Eymard Grande Rodríguez y la actual presidente municipal, Felicitas Vázquez Islas, hicieron caso omiso de entregar sus estados financieros del tercer trimestre de 2021.  

Ahora, corresponderá al Órgano de Fiscalización Superior (OFS), definir la multa a los que se harán acreedores los funcionarios municipales de Panotla, por haber hecho caso omiso a las diversas disposiciones legales en la presentación de sus estados financieros.  

El pasado 31 de octubre venció el plazo que tenían los diferentes entes fiscalizables para entregar al Congreso del estado el reporte de cuentas públicas del tercer trimestre del presente ejercicio fiscal.  

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso local, Guillermina Loaiza Cortero adelantó que el caso de Panotla será sancionado de conformidad con la Ley de Fiscalización Superior del estado de Tlaxcala. 

De acuerdo con la Ley de Fiscalización Superior del estado de Tlaxcala y sus municipios, la cuenta pública se presentará por períodos trimestrales dentro de los 30 días naturales posteriores al período de que se trate.  

En caso de incumplimiento en la presentación de la cuenta pública, en el plazo a que alude el párrafo anterior, el Órgano de Fiscalización Superior requerirá y apercibirá a los servidores públicos responsables para que presenten la cuenta pública y en el caso de que no lo realicen en un último término de cinco días, contados a partir de la notificación del requerimiento y apercibimiento, procederá a fincar la responsabilidad correspondiente y se impondrán las multas conforme a lo que establece el artículo 73 de esta Ley.  

Además, independientemente de las multas y sanciones que se impongan, los entes fiscalizables están obligados a presentar la cuenta pública. El Órgano informará al Congreso en un lapso no mayor de 10 días, de las cuentas públicas que sin causa justificada no se hayan presentado por los entes fiscalizables por el trimestre que corresponda, para que éste denuncie ante la autoridad ministerial por la probable comisión del delito que resulte, además de las diversas acciones que correspondan.

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