La Coordinación Nacional de Servicio Profesional Docente (CNSPD) emitió un oficio hacia las autoridades educativas de los estados para informarles que a partir de este jueves queda suspendida cualquier evaluación magisterial y todas las disposiciones contenidas en la Ley General de Servicio Profesional Docente, entre ellas los concursos de oposición para el ingreso y promoción en los niveles básico y bachillerato.
El oficio con número CNSPD/079/2019 –al cual tuvo acceso La Jornada de Oriente Tlaxcala– se giró a autoridades educativas locales y federales y titulares de los organismos descentralizados educación básica y media superior un día después de que el titular del Poder Ejecutivo federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman los artículos 3º, 31 y 73 de la Constitución, en materia educativa.
Dichas modificaciones establecen que a partir de la entrada en vigor de ese decreto, se abroga la Ley General de Servicio Profesional Docente, se derogan todas las disposiciones contenidas en las leyes secundarias y quedan sin efectos los reglamentos, acuerdos y disposiciones de carácter contrarias a este decreto.
Señala que hasta que el Congreso de la Unión expida la ley en materia del Sistema para la Carrera de las Maestros y los Maestros, queda suspendida cualquier evaluación y permanecerán vigentes las disposiciones que facultan a la CNSPD de la Secretaría de Educación Pública (SEP) federal para proveer las medidas necesarias y dar cumplimiento a los procesos derivados del Servicio Profesional Docente.
En la aplicación de este decreto, añade, se respetarán los derechos adquiridos de las maestras y maestros, los cuales no podrán ser restringidos o afectados de manera retroactiva con las disposiciones de nueva creación.
Además de la cancelación de la evaluación al desempeño o permanencia, en el oficio firmado por el titular de la CNSPD, Francisco Cartas Cabrera, informa que también quedan suspendidos temporalmente los procesos de admisión, promoción y reconocimiento en el servicio público educativo, hasta que se emitan las disposiciones administrativas conducentes en los términos señalados por el decreto, mismas que serán dadas a conocer en su oportunidad.
Advierte que cualquier omisión, promoción o reconocimiento que se efectúe contraviniendo a esta disposición no tendrá validez.