Viernes, abril 19, 2024

Obligada, PGJE a entregar carta de antecedentes no penales a solicitantes pese a denuncias

Destacamos

Hasta que no exista una sentencia definitiva, las personas que estén involucradas en algún proceso penal o en la integración de alguna carpeta de investigación podrán recibir su carta de antecedente no penales sin ninguna objeción de parte de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

De acuerdo con la reforma y adición aprobada por los integrantes de la LXII Legislatura local a la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala, no debe haber ningún impedimento para que expida dicho documento.

Por mayoría de votos, los diputados avalaron la propuesta hecha por la bancada del Partido Socialista (PS), en la que establece que es facultad del titular del departamento de Servicios Periciales de la PGJE garantizar el servicio de la expedición de cartas de antecedentes no penales a los solicitantes con rapidez y oportunidad.

Además de que por el término carta de antecedentes no penales se debe atender a aquel historial criminal que tiene una persona por una sentencia emitida por órgano jurisdiccional competente, sin embargo, “dichos documentos expedidos por la Institución del Ministerio Público arrojan datos anteriores a la sentencia de un proceso penal, violentando derechos humanos y promoviendo un estatus social discriminatorio”, detalló el legislador Agustín Nava Huerta.

Por lo anterior, consideró que la PGJE carece de datos reales y objetivos para emitirlas, ya que el único órgano facultado para juzgar y resolver los asuntos penales, es el órgano jurisdiccional, además, ser la única instancia que cuenta con la información de sentencias ejecutoriadas, las cuales fueron emitidas después de haber sido agotado todo el proceso penal, lo que ya constituye un verdadero antecedente penal.

Por consiguiente, propuso reformar la fracción XVII del artículo 24 para quedar que es facultad de ésta “expedir, cuando proceda, cartas de antecedentes no penales a los solicitantes, con rapidez y oportunidad”.

Además de adicionar el artículo 24 Bis que “para efectos legales, por antecedentes penales se entenderá la previa emisión de una o más sentencias definitivas condenatorias, que hayan causado ejecutoria, dictadas con relación a determinada persona, y motivadas por haber cometido ésta alguna o varias conductas tipificadas como delitos”.

Con estas enmiendas, que se aprobaron por mayoría de votos, la PGJE no podrá negar la expedición de la carta de antecedentes no penales a las personas solicitantes que se encuentren en trámite de algún proceso penal o en la integración de alguna carpeta de investigación.

Ultimas

Vecinos de Los Héroes piden apoyo a José Chedraui para resolver el grave problema de escasez de agua

Vecinos del fraccionamiento Los Héroes pidieron este viernes apoyo a José Chedraui Budib, candidato de Seguimos Haciendo Historia a...
- Anuncios -
- Anuncios -