Jueves, enero 22, 2026

Inquietudes y miedos sobre el nuevo modelo laboral se evitan con información: CFCRL

Ante las inquietudes y miedos a los procesos del nuevo modelo laboral es necesario que las y los trabajadores, así como los empleadores estén bien informados sobre sus nuevas responsabilidades que establece la Reforma Laboral, manifestó el director general del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), Alfredo Domínguez Marrufo.

El funcionario recordó que desde el pasado 1 de mayo las organizaciones sindicales deberán recurrir al CFCRL para realizar el procedimiento de Legitimación de Contratos Colectivos de Trabajo, pues esta tarea ya no la realiza la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

La Legitimación de un Contrato Colectivo de Trabajo garantiza el conocimiento de su contenido por parte de los trabajadores y la opción para ellos de avalar o rechazar los contratos a través del voto personal, libre, directo y secreto.

Este procedimiento de consulta democrática se encuentra abierto desde el 1 de mayo de 2019 y tiene una vigencia de cuatro años, que concluyen el 2 de mayo de 2023.

Sobre las nuevas disposiciones en materia laboral, Domínguez Marrufo expuso en un diálogo virtual que sostuvo con integrantes de American Chamber of Commerce of Mexico, capítulo Monterrey, que en el nuevo modelo es necesario que las y los trabajadores, así como los empleadores, estén bien informados sobre sus nuevas responsabilidades, así como mantener un diálogo permanente entre ambos, que no significa injerencia en la vida sindical y sí, por el contrario, una relación transparente que contribuye al cambio de cultura laboral.

Hizo énfasis que el nuevo modelo laboral no es solo un cambio de normas, sino también un cambio cultural.

Para los empleadores, agregó, “no es tarea sencilla” estar cerca de los trabajadores, pero es necesario mantener una relación constante y transparente con ellos, el que cumplan con sus nuevas responsabilidades, como el facilitar procesos de consultas, contribuye a que los trabajadores ejerzan sus derechos.  

Explicó que entre las nuevas obligaciones de los empleadores se encuentra entregar a sus trabajadores un ejemplar impreso del Contrato Colectivo de Trabajo en su revisión o para la legitimación de un contrato colectivo.

También fijar y difundir la convocatoria que le solicite la organización sindical o, en su caso, el CFCRL, en consultas para la solicitud de constancia de representatividad y la ratificación de acuerdos.

Agregó que los empleadores, entre otras obligaciones, deberán implementar con los trabajadores un protocolo para la prevención de la discriminación, acoso, violencia u hostigamiento sexual, así como para erradicar el trabajo forzoso infantil.

Señaló que la libertad sindical es un pilar del nuevo modelo de justicia laboral, por lo que ningún empleador puede obligar a la base trabajadora a afiliarse o retirarse de una agrupación sindical específica, o que voten por determinada dirigencia sindical, ni realizar ningún acto tendiente a ejercer control sobre el sindicato al que pertenezcan sus trabajadores.

Mencionó que tampoco los empleadores pueden “intervenir en cualquier forma en el régimen interno del sindicato, impedir su formación o el desarrollo de la actividad sindical, mediante represalias contra los trabajadores”.

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