El pleno del Poder Legislativo declaró válidas las reformas constitucionales y con ello, quedaron firmas las modificaciones de los requisitos para elegir a la persona titular del Órgano de Fiscalización Superior (OFS), así como los plazos para validar las cuentas públicas del año fiscal en que se lleven a cabo elecciones para renovar la gubernatura y los 60 ayuntamientos de la entidad.
Lo anterior, al informar que al menos 31 municipios del estado de Tlaxcala validaron estas enmiendas aprobadas por el pleno de la LXIV Legislatura local, en el pasado mes de agosto.
Te puede interesar: Designación de titular del OFS deberá ser transparente y por especialistas de la fiscalización: González
Los municipios que remitieron al Congreso local la aprobación de las reformas constitucionales son: Ixtacuixtla, Papalotla, Zitlaltepec, Axocomanitla, Tocatlán, Cuapiaxtla, Españita, Terrenate, Huactzinco, Altzayanca, Ixtenco, San José Teacalco, Nopalucan, Benito Juárez Natívitas, Acuamanala, Amaxac de Guerrero, Sanctórum de Lázaro Cardenas, Panotla, Teolocholco, Chiautempan, Tzompantepec, Santa Apolonia Teacalco, Santa Cruz Tlaxcala, Atlangatepec, Nanacamilpa, Huamantla, Tlaltelulco, Tepeyanco, Calpulalpan y Cuaxomulco.
En el caso de los 29 municipios restantes, puntualizaron que si bien no notificaron ninguna determinación de sus respectivos cabildos, al omitir hacerlo, dieron por aprobadas las reformas constitucionales.
De acuerdo con el artículo 120 de la Constitución Política local, “para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso, por el voto de las dos terceras partes del número total de sus miembros, acuerde las reformas o adiciones y que éstas sean aprobadas por la mayoría de los ayuntamientos, quienes para tal efecto y con carácter vinculatorio, consultarán al Cabildo, el cual resolverá con base en lo que decidan las dos terceras partes de sus miembros”.
Además, prevé que si transcurrido un mes, a partir de la fecha en que hubieren recibido los ayuntamientos el proyecto de adiciones o de reformas, no contestaran, se entenderá que las aprueban.
Con ello, las reformas constitucionales quedaron firmes y ahora, quienes aspiren, en noviembre próximo, a ocupar la titularidad del OFS en lugar de María Isabel Delfina Maldonado Textle, deberán contar con título y cédula profesional de nivel licenciatura en aquellas profesiones o ramas de cargo de las ciencias contables, administrativas y jurídicas, así como cinco años de experiencia en las áreas administrativa, de auditoría, fiscalización, rendición de cuentas y responsabilidades de servidores públicos.
Además, quien pretenda ocupar ese cargo, no debe haber sido gobernador del estado, secretario, procurador General de Justicia, oficial Mayor, titular de entidad paraestatal, contralor, senador, diputado federal o local, presidente municipal, tesorero o síndico municipal, en funciones, seis meses previos al día de la designación. Anteriormente la Constitución Política local preveía un plazo de hasta dos años para tener que renunciar.
En lo que se refiere a la fiscalización, la reforma ya aprobada por la mayoría de los cabildos municipales, establece que la dictaminación debe efectuarse a más tardar el 31 de agosto posterior al ejercicio fiscalizado. Sin embargo, “En el año de elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo y los municipios, la fecha límite para la dictaminación del primer y segundo trimestre de ese año será el 15 de diciembre, mientras que los trimestres restantes se sujetarán al periodo ordinario de presentación y dictaminación del siguiente ejercicio fiscal”.