Viernes, febrero 7, 2025

Morena impugna ante el TET registro de coalición entre PRI y PAN

Por presuntamente incumplir con diversos requisitos legales y estatutarios, el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) impugnó el registro de los convenios de coalición total y parcial denominado “Fuerza y Corazón por Tlaxcala”, para las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos, respectivamente, celebrados entre Acción Nacional (PAN) y el Revolucionario Institucional (PRI) para estos comicios.

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A través de un juicio promovido ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala, Morena pretende echar abajo el acuerdo aprobado por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), al considerar que éste incumple diversos requisitos previstos en la Ley General de Partidos Políticos y en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral (INE).

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Además, advierte que el acuerdo incumple con os estatutos del albiazul, debido a que la coalición no fue aprobada por la Comisión Permanente Nacional del PAN, además de que no existe el programa de gobierno que sostendrá la coalición para la elección de Integrantes de ayuntamientos.

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En el juicio, tal y como lo adelantó su representación en el ITE, impugnó la coalición al asegurar que las autoridades partidistas que aprobaron o autorizaron la participación del PAN, fueron el presidente del Comité Ejecutivo Nacional, el Comité Ejecutivo Estatal y la Comisión Permanente Estatal, pero no así la Comisión Permanente Nacional, “autoridad partidista con facultades estatutarias para aprobar de manera válida y definitiva la participación del PAN con otros partidos políticos, a través un convenio de coalición, en las elecciones locales”.

“Si bien es posible que la persona que presida el Comité Ejecutivo Nacional del PAN puede dictar providencias para autorizar la participación electoral de dicho partido con otros institutos políticos en los procesos electorales locales, ello solamente es de manera excepcional y provisional, en casos urgentes cuando no sea posible que sesione la Comisión Permanente Nacional. Pero en todo caso, el presidente del CEN debió informar oportunamente de la providencia a la Comisión Permanente Nacional para que ésta tomara la determinación respectiva”.

En ese sentido, subraya que “es incuestionable que la resolución que se impugna es ilegal, porque no se ajustó a lo previsto por el artículo 23, numeral 1, inciso f), en relación con el diverso 85, numerales 2 y 6, de la Ley General de Partidos Políticos, que establecen como derecho de los partidos políticos formar coaliciones para las elecciones locales, con la finalidad de postular candidaturas de manera conjunta, siempre que cumplan con los requisitos señalados en la ley, las cuales deberán ser aprobadas por el Órgano de Dirección Nacional o Local que establezcan los estatutos de cada uno de los partidos políticos integrantes de la misma”.

Puedes ver: PAN y PRI confirman coalición; PRD no se suma, pues su apuesta es con la sociedad

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Por todo ello, subraya que la resolución ITE-CG 11/2024 es ilegal debido a que no se encuentra debidamente fundada y motivada, de ahí que este asunto ya se dirime ante el pleno del TET.

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