Domingo, diciembre 8, 2024

La ley que ha nombrado las violencias contra las mujeres

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Nombrar las expresiones de machismo y misoginia que vivimos las mujeres ha sido un ejercicio que intentamos hacer en un mundo patriarcal que justifica las violencias de los hombres y que muchas de éstas se han normalizado en nuestras relaciones diarias; llevando a que, incluso hoy, contando con una ley que establece los tipos y ámbitos de las violencias que se ejercen contra las mujeres, sea todavía un proceso de obstáculos, revictimización, omisiones y falta de acceso a la justicia y reparación del daño.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, creado en 2007, es el principal instrumento legislativo con el que cuenta nuestro país para cumplir con las obligaciones internacionales para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; además, establece la coordinación institucional y un presupuesto para su implementación. La ley cuenta con grandes aportaciones de la maestra Marcela Lagarde, quien ha sido una de las principales contribuidoras en los estudios de género en nuestro país; sin duda, los términos y mecanismos que se encuentran establecidos en esta ley dio la pauta para dejar de normalizar las violencias contra las mujeres, incluidos los feminicidios.

A casi 14 años de su publicación, evidentemente se observan importantes logros y la necesidad de observar y evaluar las respuestas de las autoridades en sus diferentes niveles, pues si bien, podemos contar con algunos mecanismos y modelos para la prevención, atención y sanción, la realidad a la que nos seguimos enfrentando es a la falta de respuesta y compromiso de las autoridades; ya que un importante número de quienes son responsables de crear las políticas públicas y de establecer las acciones estatales han sido en su gran mayoría hombres. La cultura androcentrista se mantiene a la vista, al menos en nuestro estado, cuando en el Plan Estatal de Desarrollo sólo se prevén 12 acciones concretas para la atención de la violencia contra las mujeres (algunas de ellas se repiten); muchas de estas han sido acciones que otras administraciones han colocado y que no han cumplido, o que resultan ineficientes, debido a la falta de seguimiento y la inexistencia de indicadores de resultados e impacto.

Por ello, son necesarias las acciones de observancia a las actividades del gobierno, en materia de implementación de esta ley, pues aún observamos un amplio desconocimiento, omisiones y violación respecto de su aplicación en las instituciones de procuración y administración de justicia, quienes mantienen prácticas machistas, a pesar de las capacitaciones a las cuales se les obliga a asistir y que en realidad no tienen impactos actitudinales, pues se sigue protegiendo a los agresores y asesinos.

Por otro lado, la importancia de las reformas que se han realizado a esta ley, tanto a nivel nacional como local, responde a una realidad que sigue afectando a las mujeres, pues nombrar otras formas y ámbitos de las violencias refleja, no sólo las dinámicas que enfrentamos en nuestra vida diaria, sino también las deficiencias institucionales que no han tenido la capacidad de crear políticas públicas para la prevención de la violencia; además de la sanción que no garantiza la reparación del daño ni la no repetición, dejando las posibilidades para que se violente a las mujeres y no pase nada.

Evidencia de estas deficiencias es que al interior del mismo Congreso aún se promueven y difunden discursos de odio hacia las mujeres, cuestionando y debatiendo si podemos o no gozar plenamente de todos nuestros derechos; estos discursos siguen normalizando el ejercicio de la violencia que muchas vivimos, como la violencia psicológica, la violencia sexual, la violencia contra nuestros derechos reproductivos (en el cual se contempla el derecho al aborto); los mismos diputados y diputadas del estado han dado pie a que se siga intentando dar marcha atrás al marco jurídico que protege nuestros derecho, en especial el de vivir libres de toda forma de violencia.

Ante estos obstáculos institucionales que se han observado durante muchos años, los mecanismos de protección que se establecen en la ley tienen gran relevancia para las mujeres de nuestro país, pues ningún otro país de Latinoamérica cuenta con estos. El mecanismo de Alerta por Violencia de Género, por ejemplo, ha permitido visibilizar las prácticas de omisión que las autoridades han mantenido hacia la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, evidenciando la urgencia de que el gobierno, en todos los niveles, establezcan con seriedad estrategias que respondan a nuestros contextos, ya que este mecanismo podría resultar eficiente sin los obstáculos institucionales desde el nivel federal; por lo que su existencia y permanencia no debe estar en duda.

El segundo mecanismo son las órdenes de protección, su utilidad se centra para adoptar medidas urgentes con el fin de salvaguardar la vida y la integridad de las mujeres que se encuentran en situaciones que pueden incluso poner en riesgo su vida; sin embargo, a pesar de las acciones que desde la sociedad civil hemos realizado para la difusión de esta medida para que las mujeres las conozcan y hagan efectivo su derechos de solicitarlas, sigue pendiente que las autoridades responsables de emitirlas sean conscientes de su importancia, pues seguimos con experiencias en donde son negadas o no se les ofrecen, siendo parte del contexto de violencia feminicida.

Al nombrar las violencias y exigir el cumplimiento de esta ley, hacemos vivencial una de las frases más conocidas de las mujeres: “nunca más tendrán nuestro silencio”; en palabras de Verónica Caporal, “el silencio es el mecanismo de control del sistema patriarcal”, y cada vez somos menos las mujeres que no estamos dispuestas a mantener esta dinámica, pero quienes tienen la obligación de responder para mitigar estos contextos de violencia, así como de la implementación eficiente de esta ley, son las instituciones, a quienes se les establece un recurso y cuentan con personal que gozan de salarios.

Son evidentes las deudas que en el estado de Tlaxcala permanecen respecto a su aplicación, así como también es evidente la falta de compromiso para que los impactos de esta ley sean realidades y no letra muerta.

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