El Instituto Nacional Electoral (INE) no tiene facultades para cancelar candidaturas a juzgadores, aun si existieran señalamientos graves sobre los perfiles propuestos, advirtió el vocal ejecutivo de la Junta Local en Tlaxcala, Jesús Lule Ortega, quien precisó que únicamente una orden jurisdiccional podría motivar tal decisión.
En entrevista, el funcionario electoral aclaró que el proceso de selección y postulación de aspirantes a cargos como jueces o magistrados en el marco del actual proceso electoral no fue atribución del INE, sino de los tres poderes de la Unión: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los cuales conformaron comités internos para evaluar, integrar y remitir al órgano electoral las listas oficiales.
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“El INE no fue quien revisó ni avaló las candidaturas, sino que recibió las listas provenientes de cada poder”, expresó Lule Ortega al referirse a los recientes cuestionamientos públicos lanzados desde el Senado, en los que se señaló que algunas postulaciones a nivel federal estarían vinculadas con personas presuntamente relacionadas con la delincuencia organizada.
El representante del INE en la entidad explicó que el organismo a su cargo únicamente depuró técnicamente las listas, validando datos personales, formas de contacto, confirmación de aceptación de la candidatura y que no existieran registros duplicados entre los niveles federal y local.
“El proceso de depuración sí lo realizamos, pero la responsabilidad sobre los perfiles corresponde totalmente a los poderes que los propusieron”, enfatizó.
Cuestionado sobre si existe alguna vía legal para que el INE intervenga en caso de detectarse irregularidades graves o nexos ilícitos de los contendientes, Lule Ortega fue enfático: solo una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podría obligar al INE a retirar una candidatura.
“Salvo que el Tribunal, ante una impugnación, emita una sentencia que instruya al INE a cancelar un registro, nosotros no tenemos la atribución para actuar de manera unilateral”, sostuvo.
En este contexto, el vocal subrayó que la actuación del INE está sujeta a la legalidad y a lo que determinen las instancias jurisdiccionales, por lo que la revisión de perfiles y su posible cancelación por razones extralegales no corresponde al instituto.
Finalmente, Lule Ortega mencionó que toda la información relacionada con el proceso de recepción y depuración de las listas está disponible a través del Consejo General del INE, y que se ha actuado con transparencia y apego a sus competencias legales.
La postura del vocal ejecutivo en Tlaxcala se da en medio de un debate nacional sobre la confiabilidad de ciertos nombramientos en el proceso electoral en curso, donde se ha puesto en duda la idoneidad de algunas personas candidatas. No obstante, el INE ha reiterado que su papel fue meramente administrativo, y que no tiene la facultad para evaluar antecedentes penales, patrimoniales o de otro tipo de los aspirantes enviados por los poderes del Estado.