Ante la ausencia de iniciativas de reformas, actualizaciones u otros aspectos de parte de los ayuntamientos, el pleno del Congreso del estado avaló que los planos y tablas de valores unitarios de suelo y construcción de las 60 Comunas para el ejercicio fiscal de 2022 serán los mismos a los que se ejercieron este año.
Este martes, en sesión de pleno, los legisladores asumieron esa determinación, pues de acuerdo con las disposiciones legales, cualquier adecuación en la materia se tiene que concretar antes del 10 de octubre de cada año.
De acuerdo al documento que dio lectura la presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Poder Legislativo, María Guillermina Loaiza Cortero, en esta ocasión, las nuevas autoridades incumplieron con esa disposición.
“Ninguno de los ayuntamientos municipales de la entidad presentó a esta Legislatura su propuesta de planos y tablas de valores que regirán durante el ejercicio Fiscal 2022; de ahí que, en ausencia de la propuesta que sistemáticamente regulan los artículos 24, 26, 27, de la Ley de Catastro del estado de Tlaxcala, para su aprobación… continúa la vigencia de los aprobados para el Ejercicio Fiscal 2021, con forme al artículo 28 de la Ley de Catastro del estado de Tlaxcala”.
La diputada de Morena recordó que los municipios que no presenten propuesta de planos y tablas de valores a este Congreso resultara aplicable el artículo 28 de la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala.
“En caso de que al terminar el ejercicio fiscal de su vigencia, no se expidieren nuevos planos y tablas de valores, continuarán vigentes los anteriores y sus valores se incrementarán a partir del primero de enero de cada año, con el factor que resulte de dividir el índice Nacional de Precios al Consumidor, del mes de noviembre del año inmediato anterior a aquél por el que se efectúe el cálculo entre el citado índice correspondiente al mes de diciembre del segundo año inmediato anterior al de dicho cálculo”.
En este contexto, lamentó que ninguno de los ayuntamientos haya presentado su propuesta de planos y tablas de valores unitarios de suelo y construcción que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, sean equiparables a los valores de mercado de la citada propiedad.
Por ese motivo, se deberá aplicar lo que establece el artículo 28 de la Ley de Catastro del Estado de Tlaxcala y su aplicación servirá de base para el cobro de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, tanto de predios urbanos como rurales, así como para el cobro de construcciones que se encuentren aplicados dentro del territorio de los 60 municipios de la Entidad, conforme a sus disposiciones de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y de su respectiva Ley de Ingresos.