Sábado, noviembre 8, 2025

Este mes, cinco organizaciones podrían solicitar al ITE su registro como partidos

Al menos cinco organizaciones de ciudadanos podrán solicitar, durante el presente mes de enero, ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), su registro como partido político estatal, luego de, presuntamente, cumplir con las diversas etapas para reunir los requisitos establecidos en la legislación electoral. 

Se trata de las asociaciones Unificación y Evolución, Ciudadanos por Constituirse en Encuentro Solidario Tlaxcala A.C, Renovemos Tlaxcala A.C, Sociedad Independiente SI y Espacio Democrático de Tlaxcala, cumplieron con el desarrollo de su asamblea estatal. 

De acuerdo con las disposiciones legales, una vez satisfechos los actos relativos al procedimiento de constitución de un partido político, la organización de ciudadanos, para poder presentar la solicitud de registro como partido político estatal, deberá recabar la declaración de principios, el programa de acción y los estatutos, aprobados por sus afiliados, listas nominales en medio digital de los afiliados de los distritos electorales locales o municipios, según sea el caso, las actas de las asambleas celebradas, en por lo menos las dos terceras partes de los distritos locales o municipios del estado, y  el acta de la celebración de la asamblea local constitutiva. 

Una vez reunidos esos requisitos, deberá presentar ante el ITE, su solicitud de registro como partido político local en el mes de enero del año anexando los documentos antes referidos y una carta expresa de haber cumplido con los requisitos establecidos para constituirse como fuerza política local, así como el nombre de los representantes de la organización de ciudadanos ante el Instituto, y el domicilio para oír y recibir notificaciones. 

A partir de la recepción de las solicitudes, la Comisión de Prerrogativas, Partidos Políticos, Administración y Fiscalización del ITE tendrá un plazo de 45 días, contados a partir de la recepción de la solicitud de registro, para el análisis y revisión de las constancias y documentos presentados por la organización de ciudadanos. Durante este plazo se elaborará un proyecto de dictamen que será sometido a la consideración y aprobación de la Comisión. 

Para ello, el ITE, solicitará al Instituto Nacional Electoral, informe sobre la presentación y revisión de los informes mensuales sobre el origen y destino de sus recursos, y si existe alguna causa para negarle el registro a la organización de ciudadanos solicitante, derivado de la fiscalización sobre el origen y destino de los recursos utilizados, se negará tal registro 

En tanto, Consejo General del ITE deberá aprobar el proyecto de dictamen dentro del plazo de 60 días contados a partir de que tenga conocimiento de la presentación de la solicitud de registro, siempre y cuando la solicitud se haya remitido con los anexos correspondientes, resolviendo sobre el otorgamiento o negación del registro como partido político local, independientemente de la fecha en que la Comisión ponga dicho dictamen a su consideración.  

Además, en caso de que el sentido del dictamen sea de otorgamiento de registro como partido político local, el Consejo General expedirá el certificado correspondiente, haciendo constar el registro, el cual surtirá efectos constitutivos a partir del primer día del próximo mes de julio.  

En caso de que el sentido del dictamen sea de negación del registro como partido político local, los consejeros del ITE deberán fundamentar y motivar las causas y lo comunicará a los interesados, lo cual deberá también ser publicado en el Periódico Oficial del gobierno del estado.

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