Sin certeza de las posibles alianzas ni de los participantes en las mismas, este martes vence el plazo legal que tienen los 11 partidos políticos para registrar ante el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), si así lo determinaron, su convenio de coalición para participar en el proceso comicial del próximo 2 de junio para la elección de ayuntamientos, presidencias de comunidad y diputaciones locales.
Te puede interesar: Estima SEPE que al menos tres directores de área busquen candidaturas.
Aunque se han visualizado al menos dos alianzas electorales, hasta el momento no existe ninguna confirmación de los alcances de un posible convenio en la materia. Una de esas coaliciones sería entre Morena y los partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), sin que se descarte la unión de otros institutos de registro estatal y la otra sería la que conformen el Revolucionario Institucional con Acción Nacional, sin descartar del todo, de último momento, la unión con el Partido de la Revolución Democrática (PRD).
De acuerdo con el calendario electoral, el martes 2 de enero vence el plazo que tienen los partidos para registrar su posible coalición en la búsqueda de diputaciones locales, ayuntamientos y presidencias de comunidad, y una vez presentadas las propuestas de convenio, el ITE, en un plazo no mayor a 10 días, emitirá su resolución sobre la procedencia o no de los mismo.
También, este 2 de enero, inicia el periodo de precampañas en los procesos internos que vivan las 11 fuerzas con registro local y nacional y que están en condiciones de participar en los comicios a celebrarse el primer domingo del mes de junio de este año.
La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, en su artículo 126, establece que los procesos internos de los partidos políticos, orientados a seleccionar a sus candidatos que habrán de contender en las elecciones, se ajustarán a diversas disposiciones, entre ellas, que deberán iniciar dentro de los primeros dos días del mes de diciembre del año anterior al de la elección, y concluirán con la calificación y declaración de validez de la elección interna o una vez que sea resuelto de manera definitiva el medio de impugnación interpuesto con motivo del resultado.
De manera puntual, prevé que las precampañas iniciarán el 2 de enero del año de la elección y no podrán durar más de las dos terceras partes de las respectivas campañas electorales y los medios de impugnación internos que se interpongan con motivo de los resultados de los procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular deberán quedar resueltos en definitiva a más tardar 14 días después de la fecha de realización de la consulta mediante voto directo, o de la asamblea en que se haya adoptado la decisión sobre candidaturas.