Jueves, marzo 28, 2024

Empresa debe mostrar ampliación de permisos para proyecto Nueva Xcala, exigen vecinos

Con base en la resolución de evaluación de impacto ambiental otorgada a la empresa Buenos Días Energía, S. de R.L. de C.V., para la realización de obras correspondientes al “Parque Solar Nueva Xcala”, pobladores inconformes con este proyecto señalaron que a pesar del vencimiento de la vigencia de este permiso los trabajos continúan. Pusieron en duda la emisión de una nueva autorización.

Mostraron el oficio número SGPA/DGIRA/DG 09115, de fecha 23 de noviembre de 2018, mediante el cual la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), avala el proyecto a esta compañía promovente, para la preparación, construcción, operación y mantenimiento de esta planta en los municipios de Calpulalpan, Tlaxcala, y Emiliano Zapata, Hidalgo.

Por otra parte, la versión de consulta pública de la Evaluación de Impacto Social (www.solarxcala.com) precisa que Buenos Días Energía, S. de R.L. de C.V. es una empresa mexicana “miembro del Consorcio Engie Solar 1, el cual integra junto a Solar PV Holdings México, S. de R.L. de C.V. y desarrollan actualmente el Parque Solar Nueva Xcala en el municipio de Calpulalpan”.

Sin embargo, para vecinos de esta demarcación municipal refirieron que en función al documento de la DGIRA de Semarnat al que tuvieron acceso (en formato PDF), los plazos para ejecutar diversas acciones en el área de uso común denominada Monte Malpaís, habrían vencido entre septiembre y octubre del año pasado.

Joel Jiménez Bastida, ejidatario de San Antonio Calpulalpan, insistió que este ha sido uno de los motivos por los cuales algunos vecinos se han  enfrentado verbalmente con trabajadores de la empresa, a quienes han requerido que exhiban la documentación, incluido el permiso para cambio de uso de suelo.

En dicha resolución de la DGIRA se lee que esta autorización tendrá una vigencia de 10 meses “para llevar a cabo actividades de preparación del sitio y construcción del proyecto y 25 años para la operación y mantenimiento”.

Indica que el primer plazo “iniciará a partir del día siguiente a la fecha de recepción del presente oficio; el segundo, al día siguiente de concluido el primer plazo, y el tercero al día siguiente de concluido el segundo plazo”.

El término podrá ser ampliado “a solicitud de la promovente, previa acreditación de haber cumplido satisfactoriamente con todos los términos y condicionantes del presente oficio resolutivo, así como con las medidas de prevención, mitigación y/o compensación” propuestas por esta empresa en la documentación presentada para la etapa que se esté desarrollando, puntualiza.

Asimismo, refiere que esta resolución no exime a dicha compañía de tramitar y obtener la autorización correspondiente para el cambio de uso del suelo en terrenos forestales ante las delegaciones de Semarnat en los estados de Hidalgo y Tlaxcala, en acato al artículo 68 Fracción 1 y 93 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Una de las condicionantes expuestas en dicho resolutivo, refiere a los artículos 1 y 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 117 y 120 de la Ley de Industria Eléctrica (LIE), así como el 119 de este precepto.

En este último numeral se establece “que con la finalidad de tomar en cuenta los intereses y derechos de las comunidades y pueblos indígenas en los sitios en que se desarrollen proyectos de industria eléctrica”, la Secretaría de Energía (Sener) deberá llevar a cabo los procedimientos de consulta necesarios y cualquier actividad para su salvaguarda.

Asimismo, cita que a la fecha de emisión de este oficio “y sin perjuicio de lo establecido en otros ordenamientos jurídicos administrativos, esta DGIRA no tuvo respuesta de las solicitudes realizadas a la Comisión de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología del Gobierno del Estado de Tlaxcala”, ni de la correspondiente a Calpulalpan.

De esta manera, la Semarnat asentó que el proyecto objeto de la evaluación que se dictamina con este instrumento, “es ambientalmente viable, y por lo tanto ha resuelto autorizarlo de manera condicionada”.

Especifica que el desarrollo de este proyecto se llevará a cabo en un predio que se localiza en el municipio de Calpulalpan, Tlaxcala, y en el de Emiliano Zapata, Hidalgo, con una superficie total de 604.87 hectáreas.

De esta extensión, las obras permanentes ocuparán 388.43 hectáreas, mientras que en el caso de las temporales será de 218.80, de las cuales en 2.36, donde se instalará el campo base, conformado por oficinas, baños móviles, almacenes, áreas de carga y descarga de material así como una para descanso de los trabajadores, entre otros, y 216.44 hectáreas serán el espacios entre construcciones.

A todo esto, Joel Jiménez recalcó que la empresa Engie, de capital francés, debe dar una explicación a los pobladores, sobre todo a los que se consideran afectados por este proyecto, sobre el estatus que guardan las autorizaciones, e insistió en que es necesario que demuestre si cuenta o no con los permisos respectivos para la ampliación de plazos de ejecución de esta planta solar.

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