De competencias a capacidades. Dos modelos educativos con los principios del humanismo integrador. En noviembre de 2011 se presenta la versión ejecutiva del Modelo Humanista Integrador basado en Competencias (MHIC-1) producto del trabajo de una comisión responsable bajo la asesoría de Ángel Díaz Barriga, como se asienta en el libro “La formación Humanista en la Educación Superior. Modelo Humanista Integrador basado en competencias” (Gedisa, 2014, México), bajo la coordinación de Serafín Ortiz Ortiz.
El lunes 31 de agosto de 2023 se presentó el texto “Fundamentos y orientaciones del modelo Humanista Integrador basado en capacidades” (MHIC-2). Bajo la autoría de Serafín Ortiz Ortiz y Ángel Díaz Barriga (UATx-Newton, México). La introducción la escribe el exrector Luis González Placencia.
La lectura del nuevo texto, del que se quita en el título “lo integrador” y se sustituyen Competencias por Capacidades plantea algunas interrogantes. ¿Cuál es el humanismo en que se sustenta el MHIC-1 y el MHIC-2? ¿Cuál es la diferencia entre competencias y capacidades con la que sustituye un elemento central del modelo educativo? ¿Las características del homo universitatis son iguales o diferentes en el MHIC-1 y MHIC-2?
El MHIC-1 se implementa en 2012, por lo que la primera generación egresa entre 2016/17 y cumple el criterio para estudio de egresados. Se nota esta falta de evaluación del MHIC-1, el seguimiento de la implementación y los resultados en que se fundamenta la propuesta de revitalización (MHIC-2).
De humanismo integrador al humanismo de derechos humanos.
“El humanismo bajo el cual se construye el MHIC se denomina humanismo integral” (Ortiz, 2014:13). El enfoque humanista integrador se toma de las reflexiones realizadas en el texto de Esquivel “La Universidad Humanista” (UAEM, 1998). Se quedan con el “humanismo integral, bajo el cual pretendemos ubicar el modelo humanista integrador de la universidad” (Ortiz, 2014:40).
Para esta concepción, el humanismo es “ese movimiento del espíritu que busca descubrir y conocer qué es el hombre en su integralidad […] Tal conocimiento anhela y espera arribar a la dignificación de la condición humana” (Esquivel, 1998:13). “Humanismo que parte del conocimiento del ser humano mismo y de la realización de su ser” (Ortiz, 2014:40). Del que derivan el concepto de autorrealización.
En el MHIC-1 (Ortiz, 2014:42) “La autorrealización consiste en desarrollar nuestra realidad concreta, multidimensional, dinámica y en proceso de actualización para convertirnos en todo lo que podemos ser”.
Para el MHIC-2 el humanismo, en principio se concibe “como el pensamiento que pone en el centro de interés al ser humano, el cual le confiere ciertas virtudes en referencia al conjunto de valores imperantes en cada época del devenir histórico” (Ortiz y Díaz, 20223:27). Y, el humanismo integrador “se asume como un modelo pedagógico que magnifica a la educación como un proceso formativo con referencia imprescindible al complejo conjunto de derechos humanos” (Ortiz y Díaz, 2023:40).
La adopción del “paradigma del humanismo basado en los derechos humanos” (Ortíz y Díaz, 2023:46) es muy tardía en México. Se refieren dos fechas: primero 2011 y recientemente, en 2019. De este humanismo se deriva el concepto de autorrealización.
En el MHIC-2 la autorrealización “implica la consecución de fines y propósitos del ser humano con esfuerzos propios, en interacción con entes coadyuvantes, que deviene en la transformación social” (Ortíz y Díaz, 2003:41).
Competencias por capacidades
En el MHIC-1 (Ortiz, 2014: 49) se definen las competencias como “la capacidad, el talento, el potencial de la persona con base en la adquisición de conocimientos, la generación de actitudes éticas y el desarrollo de habilidades intelectuales y motrices que logra la destreza, y por medio de evidencias demuestra el dominio del bien saber conocer, bien saber ser, bien saber hacer y bien saber convivir (Villalobos, 2009)”.
Adopta la propuesta de competencias desarrolladas por el Proyecto Tuning América Latina, con el que la comunidad europea comparte la experiencia en la construcción del Espacio Común Europeo de Educación Superior. Ahí, el concepto de competencia se utiliza para estandarizar “programas de titulación partiendo de perfiles identificados con precisión, que se traducen en resultados de aprendizaje expresados en competencias y vinculados con créditos ECTS basados en el trabajo del estudiante” (Tuning proyect, 2006).
En el MHIC-2 la C de competencias se cambia por C de Capacidades, “la noción de capacidades conceptualizada como el conjunto de potencialidades a ser promovidas a lo largo de la educación en la formación profesional, así como a una respuesta a las necesidades de lograr la productividad que se requiere para el desarrollo de la sociedad mexicana, pero con una profunda visión social que procure el bienestar social sobre el individual” (Ortíz y Díaz, 2023:61)
En consonancia con la idea del humanismo como derechos humanos, “por ende, las capacidades en el MHIC son el resultado de una articulación entre las potencialidades del ser humano (…) desde un saber ser, una saber hacer y un saber convivir que pueden ser desarrolladas a través de la formación académicas y, al mismo tiempo generar también nuevas capacidades que, como profesionistas, los egresados podrán ampliar a lo largo de su vida profesional” (Ortiz y Díaz, 2023:61).
Homo universitatis bajo competencias o capacidades
El MHICompetencias y el MHICapacidades tienen como horizonte el llamado homo universitatis; en el MHIC-1 este tiene como características: analítico, comprensivo, predictivo, innovador, propositivo, coexistente, democrático, solidario, permisivo y universal. Las que se emparejan con competencias “cuya guía son las competencias genéricas” (Ortiz, 2014:45-46).
En el MHIC-2 las características son: analítico, comprensivo, predictivo, innovador, propositivo, coexistente, democrático, solidario, inclusivo y universal que no se empatan con las capacidades. Ya que estas “se fortalecen de manera gradual articulando los ámbitos experiencial y estratégico, en estrecha relación con los rasgos del homo univesitatis” (Ortíz y Díaz, 2023:62)
De los derechos humanos a las capacidades.
Si se tiene en cuenta que la base del modelo educativo basado en competencias se funda en la teoría del capital humano (Becker y Schultz). El valor de la educación se considera como una inversión. Los rendimientos se calculan a través de las ganancias de productividad y el consiguiente aumento de los salarios. “Si una educación universitaria convierte a alguien en un mejor productor, capaz tanto de ganar más como de contribuir más al ingreso nacional, entonces se considera que la educación superior es exitosa” (Walker, 2008).
Rajapakse (2016) destaca que el reconocimiento de la educación como un derecho humano, lleva el peligro de que se limite a un bien jurídico y, por lo tanto, bajo la prerrogativa del gobierno, reduce su implementación y efecto. Se promueve el valor intrínseco de la educación independientemente de lo que se espere lograr con ella. “Finalmente, esta perspectiva atribuye únicamente al gobierno la responsabilidad de cumplir con el derecho legal a la educación”.
Como se reconoce en el informe de la UNESCO “Educación para todos” (2002) “el planteamiento basado en los derechos humanos, reconoce que la educación es intrínsecamente valiosa como fin en sí. Pero, mientras que el segundo establece la obligación moral de otros a respetar este derecho, aquella va más allá y aclara los diversos motivos de la importancia de la educación. El rasgo distintivo de la teoría de las capacidades humanas es que no juzga las políticas según su impacto en las rentas, sino en función de si amplían o no las libertades reales que la gente valora”.