La Confederación de Trabajadores de México (CTM) en Tlaxcala calificó de positiva la reforma a la Ley Federal del Trabajo que obliga a los empleadores a proveer de asientos o sillas con respaldo a las personas trabajadoras en los sectores de servicios, comercio y centros de labores similares.
La también denominada “Ley Silla” será efectiva en junio de 2025, tomando en cuenta que el decreto entrará en vigor a los 180 días naturales siguientes al día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pues el 19 de diciembre de 2024 se divulgó la reforma que obliga a patrones a proveer asientos o sillas con respaldo a las personas trabajadoras, previa aprobación el 2 de octubre en la Cámara de Diputados y el 4 de diciembre en la Cámara de Senadores.
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Al respecto, el asesor jurídico de la CTM en Tlaxcala, Víctor López Hernández dijo que estarán vigilantes de que se cumpla la “Ley Silla”, pues tiene como fin garantizar el derecho al descanso de las personas trabajadoras durante la jornada laboral, promoviendo su salud y bienestar.
Precisó que en los centros comerciales esta disposición legal no se utiliza, pero en las maquiladoras y autopartes se analiza que sean bancos móviles y giratorios por el trabajo en cadena que se realiza y que no se afecte el proceso que desempeñan los trabajadores.
“La vemos positiva y en el caso de los empleadores con esa característica ya se hicieron adecuaciones en algunos centros laborales y en otras se están estableciendo; en la industria maquiladora ya se probaron diversas sillas, pero en algunos casos son bancos, son sillas manipulables de acuerdo con la característica que se tenga en cada trabajo, en algunos casos está operando, en otros no, pero tenemos la oportunidad que en este periodo de revisiones vamos a ser muy puntuales que en donde se requiera esta modalidad, lo vamos a hacer”.
López Hernández insistió en que en este periodo de revisiones contractuales, estarán pendientes de que se dé cumplimiento a la llamada “Ley Silla”, pues es en beneficio de los trabajadores.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo, en materia del derecho al descanso de las personas trabajadores durante la jornada laboral, establece la obligación de los patrones a proveer el número suficiente de asientos o sillas con respaldo a disposición de los trabajadores en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante su jornada laboral.
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En el caso de descansos periódicos, los asientos con respaldo deberán estar ubicados en áreas específicas que para tal efecto se designen en las mismas instalaciones del lugar de trabajo. Esta disposición se observará en los establecimientos industriales cuando lo permita la naturaleza del trabajo.
Además, se proyecta que los centros de trabajo incluyan en el reglamento interior que los periodos de reposo durante la jornada laboral son obligatorios, así como las normas que regulen el derecho de las personas trabajadoras a usar los asientos o sillas con respaldo.