Lunes, diciembre 9, 2024

Consejeros del ITE adecuan guía para prevenir violencia política contra las mujeres

Por unanimidad de votos, el pleno del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó una serie de adecuaciones a la Guía de Actuación para la Prevención, Atención y Erradicación de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del organismo. 

Este lunes, en sesión ordinaria del pleno, los consejeros avalaron el acuerdo a través del cual actualizan diversas disposiciones de la guía de conformidad con las reformas realizadas por la legislatura federal a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como la creación provisional de la Coordinación de Género y No Discriminación del ITE. 

Los consejeros avalaron establecer en esta guía algunas disposiciones y definiciones de algunas violencias, como la de tipo digital, entendida ésta como “toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia. Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.  

Además, también reconocerán la violencia mediática, reconocido como tal a todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.  

Puntualizaron que la violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad.  

Aunado a ello, en la guía también incluyeron el delito de violación a la intimidad sexual, reconocida como tal por el hecho de que una persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización. Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización. 

El pleno del ITE refirió que las adecuaciones a esta guía forman parte de una herramienta de carácter orientador, cuyo objetivo principal es “facilitar información clara y precisa sobre aquellas acciones que afecten o vulneren los derechos político-electorales de las mujeres en la entidad, durante los procesos electorales y en el desempeño del cargo, en los espacios público y privado”.

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