Sábado, enero 18, 2025

Congreso aprobó reforma constitucional para elegir magistrados y jueces por voto popular

El pleno del Congreso local aprobó una serie de reformas y adiciones constitucionales por las cuales todos los magistrados de los tribunales de Justicia Administrativa (TJA) y de Conciliación y Arbitraje (TCA), así como la mitad de los magistrados y jueces del Poder Judicial, deberán ser electos el 1 de junio de 2025. Ahora, a partir de esta enmienda, los magistrados durarán en el cargo nueve años y no seis como ocurre en la actualidad.

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Además, los diputados desaparecieron el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial y, en su lugar, crearon un Órgano de Administración Judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial.

A los diputados les bastaron dos días para analizar y acordar esta reforma, pues dicha propuesta fue presentada apenas al pasado martes, pero logró los consensos de la mayoría calificada.

Los congresistas acordaron que todas las magistraturas del TJA y del TCA, así como la mitad de las del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), deben ser electas por el voto popular, por lo que el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) deberá organizar la elección el próximo año, para lo cual tendrá que celebrar una sesión de inicio de este proceso comicial en este mes de diciembre.

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La reforma constitucional, que deberá ser avalada por al menos 31 ayuntamientos para su publicación, establece que ahora el TCA se compondrá por tres magistraturas, cuyas personas titulares serán electas de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía en la misma jornada electoral de las elecciones estatales ordinarias. La postulación de las personas candidatas se realizará a través del Comité de Evaluación que integre el Poder Ejecutivo

Ellos ejercerán su encargo por un periodo de nueve años y podrán ser reelectos por un periodo adicional de la misma duración.

En el caso del Poder Judicial, la reforma aprobada establece que contará con un Órgano de Administración Judicial, un Tribunal de Disciplina Judicial y un Centro Estatal de Justicia Alternativa. La presidencia del TSJE se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quien alcance mayor votación.

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También previeron que ahora la administración del Poder Judicial estará a cargo del Órgano de Administración Judicial, mientras que la disciplina de su personal estará a cargo del Tribunal de Disciplina Judicial.

Del mismo modo, los diputados fijaron que las magistradas y los magistrados del Poder Judicial serán electos por el voto popular y durarán en el ejercicio de su encargo nueve años, podrán ser reelectos hasta por un periodo más; en tanto, las juezas y jueces del Poder Judicial del estado durarán en el ejercicio de su encargo nueve años, podrán ser reelectos y, si lo fueren, ambos podrán ser privados de sus puestos por el Tribunal de Disciplina Judicial por faltas u omisiones graves en el desempeño de sus funciones.

De manera puntual, establecieron que el nuevo Órgano de Administración Judicial tendrá independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones, además de ser responsable de la administración y Carrera Judicial.

Esa instancia se conformará por cinco personas que durarán en su cargo seis años improrrogables y de ellos uno será designado por el Ejecutivo, por conducto de la persona titular de este poder; uno por el Congreso, mediante votación calificada de dos terceras partes de sus integrantes presentes; y tres por el pleno del TSJE, con mayoría de cinco votos. La presidencia del órgano durará dos años, en términos de lo que establezcan las leyes

El Tribunal de Disciplina Judicial del estado será un órgano del Poder Judicial con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones. Éste se integrará por tres personas, magistradas y magistrados, electas por la ciudadanía a nivel estatal, por el voto libre y secreto.

Respecto a la elección de los magistrados y jueces, la nueva enmienda establece que el Congreso del estado publicará la convocatoria para la integración del listado de candidaturas, dentro de los 30 días naturales siguientes a la instalación del primer periodo ordinario de sesiones del año anterior al de la elección que corresponda, que contendrá las etapas completas del procedimiento, sus fechas y plazos improrrogables y los cargos a elegir. En el caso de juezas y jueces se precisará la especialización por materia y demás información que se requiera.

No obstante, los poderes del estado postularán el número de candidaturas que corresponda a cada cargo a través de mecanismos públicos abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios que permitan la participación de las personas interesadas que acrediten los requisitos establecidos en la Constitución Política local y en sus leyes.

Para tal fin, cada poder integrará un Comité de Evaluación conformado por tres personas reconocidas en la actividad jurídica, que recibirán los expedientes de las personas aspirantes, evaluarán el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, e identificará a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia, antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.

Los Comités de Evaluación de cada poder o, en su caso el Comité Estatal de Evaluación, integrarán un listado con las dos personas mejor evaluadas para cada cargo, debiendo ser del mismo género, con el objeto de garantizar la paridad de género, dichos listados se remitirán a la autoridad que represente a cada poder para su aprobación y posterior envío al Congreso del estado.

Cada uno de los poderes del estado postulará hasta dos personas para cada cargo debiendo ser del mismo género: el Poder Ejecutivo lo hará por conducto de su titular; el Poder Legislativo postulará a las personas por mayoría simple de sus integrantes y el Poder Judicial, por conducto del pleno, postulará hasta dos personas por mayoría simple de sus integrantes.

Con los nombres de los postulantes, el Congreso remitirá los listados al ITE, a más tardar el 12 de febrero del año de la elección que corresponda, a efecto de que organice el proceso electivo.

La etapa de preparación de la elección local correspondiente iniciará con la primera sesión que el Consejo General del ITE celebre en el mes de diciembre del año anterior a la elección.

Si bien la reforma establece que el cargo de magistrados es por nueve años, los diputados establecieron que “el periodo de las magistradas y magistrados del Poder Judicial, del TJA y TCA, las juezas y jueces que resulten electos en la elección extraordinaria que se celebre en el año 2025, durará ocho años, por lo que vencerá en el año 2033”.

Del mismo modo, los diputados se dieron un plazo de 90 días naturales, a partir de la entrada en vigor de las reformas, para realizar las adecuaciones a las leyes que correspondan.

En el caso de los derechos laborales de las personas trabajadoras de los tribunales, los diputados determinaron que “serán respetados en su totalidad. Los presupuestos de egresos del ejercicio fiscal que corresponda considerarán los recursos necesarios para el pago de pensiones complementarias, apoyos médicos y otras obligaciones de carácter laboral, en los términos que establezcan las leyes o las condiciones generales de trabajo aplicables”.

Para ese fin, los órganos del Poder Judicial, del TJA y TCA llevarán a cabo los actos y procesos necesarios para extinguir los fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no se encuentren previstos en una ley secundaria, por lo que tendrán un plazo máximo de 90 días naturales posteriores para enterar la totalidad de los recursos remanentes en dichos instrumentos, así como los productos y aprovechamientos derivados de los mismos, a la Tesorería del Estado.

Sobre estas enmiendas, la única diputada que se pronunció en contra fue la perredista Laura Yamili Flores Lozano, quien aseguró que todas estas reformas solo buscan concentrar el poder en una sola persona, aunque no personalizó la beneficiaria de las mismas.

Además, advirtió que es un exceso someter a votación la elección de magistrados del TCA y del TJA, pues la federal solo mandataba realizar dicho proceso para el año 2025 a los integrantes del Poder Judicial.

De paso, acusó que el dictamen obedece a un machote elaborado y repetido por las mayorías en los congresos estatales, lo cual se hace evidente con diversas inconsistencias, como considerar que el Congreso del estado tiene representantes en el pleno del Consejo General del ITE.

Lo anterior porque en uno de sus numerales, la reforma establece que “las y los consejeros del Congreso del estado y las y los representantes de los partidos políticos ante el Consejo General (del ITE) no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas a este proceso”.

A pesar de estas posiciones, la reforma fue aprobada por 20 votos a favor de los diputados de Morena, PVEM, Nueva Alianza, Redes Sociales Progresistas, Fuerza por México, PT, PAC y PRI, y solo el voto en contra de la diputada del PRD, Laura Flores.

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