Martes, mayo 13, 2025

Congreso alista reforma legal para fijar responsabilidades en manejo de recursos y obras en Comunas

Con la finalidad de prevenir actos de corrupción y en su caso, sancionar de manera efectiva a los responsables de cualquier quebranto financiero o irregularidad en la ejecución de obras en las Comunas, el Congreso del estado se alista aprobar una serie de reformas y adiciones a las leyes Municipal y de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala.

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Las enmiendas, que ya se encuentran integradas en un dictamen de las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación, Justicia y Asuntos Políticas, de Obras Públicas y de Finanzas y Fiscalización, prevé delimitar las funciones y responsabilidades de personal como Director de Ingresos, Director de Egresos y Residente de Supervisión de Obras.

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La propuesta de dictamen, iniciada a partir de la iniciativa de la diputada perredista Laura Yamili Flores Lozano, establece que habrá una adición a la Ley Municipal para fijar los requisitos que debe cumplir la persona que sea designada como titular de la Dirección de Ingresos municipal, misma que deberá contará con título y cédula profesional de nivel de licenciatura en aquellas profesiones de las ciencias contables y administrativas, con experiencia comprobada mínima de tres años en la materia, para atender los asuntos relativos a los ingresos municipales.

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Estará encargada de autorizar los convenios con los contribuyentes para los pagos parciales de los impuestos, las contribuciones especiales y los derechos municipales; determinar la existencia de créditos fiscales; presentar al Tesorero Municipal las propuestas para la actualización o modificación de tablas de valores unitarios de suelo y construcción de conformidad con la normatividad establecida para tal efecto, entre otros.

En tanto que la persona que ocupe la Dirección de Egresos municipal deberá reunir los mismos requisitos que el de Ingresos, pero tendrá a su cargo recibir y resguardar los recursos provenientes de los fondos de programas federales y estatales, así como cualquier otro ingreso que perciba el municipio; aprobar los gastos que deba realizar, con cargo al presupuesto de Ayuntamiento y recabar la documentación comprobatoria y justificativa de los egresos, de manera previa a realizar cualquier pago con cargo al presupuesto municipal, e integrar dicha documentación en la cuenta pública municipal, entre otros.

Mientras que el titular de la Dirección de Contabilidad deberá llevar el registro contable de las operaciones de ingresos por la recaudación de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y contribuciones especiales municipales, así como los participaciones; realizar las declaraciones de impuestos ante las autoridades fiscales competentes; conservar y custodiar la documentación original de las transacciones financieras y presupuestales que se realicen en el ayuntamiento y verificar que todos los pagos, y en general cualquier egreso, realizado con cargo al presupuesto municipal, cuente con la documentación original comprobatoria y justificativa correspondiente, entre otros.

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Por su parte, el residente de supervisión de obra deberá contar con título y cédula profesional en el área de construcción y tendrá entre sus obligaciones y facultades, llevar la bitácora de la obra, en la que obligatoriamente se anotarán todas las incidencias relevantes de la misma y que estará disponible para el contratista, en las oficinas de la supervisión de obra, en días y horas hábiles; todas las notas deberán ser firmadas por el residente de la supervisión y en contratista.

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Verificar que los trabajos se realicen conforme a lo pactado en los contratos de obra o acuerdos de ejecución por administración directa correspondientes, así como a las órdenes de la dependencia o a la entidad comunicadas a través de la residencia de supervisión y revisar, aprobar y firmar los números generadores que amparan los trabajos ejecutados, así como verificar la correcta conclusión de los trabajos de obra pública.

El dictamen solo espera su validación de todos los integrantes de estas comisiones para que sea remitido a la Junta de Coordinación y Concertación Política para que sea enlistado en el orden del día de la sesión correspondiente del pleno de la LXV Legislatura local.

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