Miércoles, enero 14, 2026

Compromiso por las mujeres I

Estamos a pocos días de que las autoridades electas asuman el cargo y con ello se renueva la exigencia del cumplimiento del marco jurídico que garantiza los derechos de las mujeres, cosa no menor pues el artículo 1° Constitucional que establece que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; y, se prohíbe la discriminación.

Por otro lado, se encuentran la Ley General y estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley General y estatal de Igualdad entre Mujeres y Hombres, cuya vigencia aún está lejos de materializarse con autoridades que han sido altamente omisas, negligentes y simuladoras. 

Desde el congreso las y los nuevos integrantes de la Legislatura, si realmente tienen un compromiso por las mujeres, trabajarían en la realización de un análisis postlegislativo de dichas leyes y observarían los mandatos incumplidos y, en consecuencia, realizarían las modificaciones correspondientes; además, atravesarían en toda la legislación local, toda, la perspectiva de género. 

Desde el ejecutivo estatal se deben revisar los Sistemas Estatal de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y el Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y el Banco Estatal de Datos sobre casos de violencia contra las mujeres para comenzar a tomar decisiones.

Desde la Secretaría de Gobierno del Estado se debe convocar y trabajar en la mesa “Armonización Legislativa para Erradicar la Discriminación y Violencia contra las Mujeres” prevista en la ley. Todo esto antes de pretender que la declaratoria de Alerta de Género se convierta en la panacea y el placebo ficticio de protección de los derechos de niñas y mujeres en el estado.

Por otro lado, se debería vigilar el cumplimiento de la ley por todas las dependencias especialmente por las de procuración e impartición de justicia y, ya en 2022, garantizar el cumplimiento del artículo 57 de la citada ley, que mandata al poder Ejecutivo del Estado considerar en el Presupuesto de Egresos del Estado, una partida presupuestal a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos del sistema y del programa previstos la ley de acceso a una vida libre de violencia.

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