El candidato a la presidencia municipal de Huamantla por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Juan Carlos Santiago Pimentel impugnó el fallo de la justicia federal que reconoció el triunfo del abanderado del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Juan Salvador Santos Cedillo.
A cuatro días de que tomen protesta los integrantes del ayuntamiento de Huamantla, el morenista acudió ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a fin de impugnar la revocación del fallo que en su momento emitieron los magistrados Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), que declararon la nulidad de esa elección y revocaron la declaración de validez y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez entregadas a la planilla postulada por el referido partido y su candidato Santos Cedillo, y ordenó al Congreso emitir la convocatoria correspondiente para la celebración de la elección extraordinaria respectiva.
Te puede interesar: TEPJF confirmó triunfo de Santos Cedillo en Huamantla; ratifican nulidad en Tecopilco
La impugnación, ya fue admitida a trámite, se trata de recurso de reconsideración para controvertir la sentencia que la Sala Regional de la Ciudad de México, que emitió en los juicios SCM-JRC-157/2024 y acumulados en que, entre otras cuestiones, revocó parcialmente la resolución emitida por el Tribunal Electoral de Tlaxcala en el juicio TET-JDC-204/2024, y confirmó el cómputo de la elección del referido ayuntamiento, así como la declaración de validez y entrega de la constancia de mayoría a la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México
Se trata de una última instancia legal que tiene el morenista para tratar de anular el triunfo de Santos Cedillo y en su caso, se convoquen a elecciones extraordinarias.
En el fallo de los magistrados de la Sala Ciudad de México, consideraron que fue improcedente la determinación de los magistrados de Tlaxcala de anular la votación recibida en 30 casillas, dos de ellas por presión al electorado y 28 por error en el conjunto.
Lo anterior porque respecto a dos casillas en las que se anuló la votación al considerar que se había recibido por personas no facultadas por la ley, porque en cada caso fungió una persona servidora pública de mando superior en el ayuntamiento, lo que demostraba un vínculo con el candidato ganador que aspiraba a la reelección, determinaron que “no es posible desprender que dichas personas tengan un cargo de mando superior en la administración municipal, de ahí que no se pudiera presumir la presión aducida”, por lo que debe confirmarse el triunfo del ecologista.
También puedes leer: SPF: Ha sido una “tarea titánica” concientizar a servidores públicos para que traten bien a la población
Destacar que el recurso de reconsideración es un medio de impugnación establecido en favor de los partidos políticos y excepcionalmente de los candidatos, para controvertir sentencias de fondo dictadas por las Salas Regionales al resolver juicios de inconformidad y es garante de la constitucionalidad y legalidad de las sentencias de las Salas Regionales y únicamente procede, cuando los magistrados regionales hayan determinado la no aplicación de una ley electoral por considerarla contraria a la Constitución, en los medios de impugnación de su competencia, cuando hayan dejado de considerar causales de nulidad, invocadas y debidamente probadas, por las que se hubiese podido modificar el resultado de la elección, cuando hayan otorgado indebidamente constancia de mayoría y validez, o asignado la primera minoría, a una fórmula de candidatos distinta a la que originalmente se le otorgó o anulado indebidamente una elección.
Por lo cual, en las próximas horas, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF deberán pronunciarse por la procedencia o no de este recurso legal, pues el próximo 31 de agosto deben asumir funciones las nuevas autoridades.


