Martes, marzo 19, 2024

Calendariza Congreso entrega de cuentas públicas y la entrega del informe del OFS

El pleno del Congreso local aprobó, por mayoría de votos, la calendarización para la entrega de las cuentas públicas del primer y segundo trimestre de 2020, así como para la presentación del informe de resultados de la revisión de los reportes contables por parte del Órgano de Fiscalización Superior (OFS), después de la suspensión de plazos legales por la emergencia sanitaria de Covid–19.


En el caso de la entrega de las cuentas públicas del primer y segundo trimestre de 2020, la calendarización quedó para los días 24, 25, 28, 29 y 30 de septiembre de este año.

En tanto, el OFS deberá formular y notificar a los entes fiscalizables el pliego de observaciones a más tardar el 10 de octubre de 2020 y deberá presentar a la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso, el informe de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2019 para el 25 de noviembre de 2020 como fecha límite.

Es de recordar que el Congreso local suspendió del 18 de marzo al 14 de septiembre de este año los plazos legales en materia de fiscalización por la emergencia sanitaria provocada por el Covid–19, por lo que en la sesión ordinaria de este martes aprobó la calendarización para la recepción de la cuenta pública del primer y segundo trimestre del ejercicio fiscal  2020.

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Asimismo, el diputado Miguel Piedras Díaz, presidente de Comisión de Finanzas y Fiscalización, presentó el dictamen de proyecto de acuerdo mediante el cual se establecen como fechas de entrega de las cuentas públicas del primer y segundo trimestre de 2020 los días 24, 25, 28, 29 y 30 de septiembre, el cual se aprobó con 15 votos a favor y ocho en contra.

Por su parte, el diputado Víctor Castro López presentó la iniciativa para reformar el artículo Tercero Transitorio, del decreto 205 que contiene la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

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Con la reforma a dicho artículo se establece que independientemente de las observaciones realizadas durante el ejercicio fiscal 2019, el Órgano de Fiscalización Superior, una vez concluida la revisión y fiscalización superior de las cuentas públicas del ejercicio fiscal 2019, a más tardar el 10 de octubre de 2020, y con base en las disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, si así fuere procedente, formulará y notificará a los entes fiscalizables el pliego de observaciones, conforme a lo siguiente puntos:

A los entes fiscalizables se les notificará el pliego de observaciones, quienes deberán dentro del término improrrogable de 30 días naturales, a partir de la notificación, solventar las determinaciones contenidas en el pliego de observaciones.

Al escrito de solventación deberán acompañarse las pruebas documentales que se estimen pertinentes.

Cuando el pliego de observaciones no sea solventado dentro del plazo señalado o bien la documentación y argumentación no sean suficientes para este fin, el OFS remitirá el informe de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública anual a la Comisión de Finanzas, absteniéndose de recibir solventaciones a partir de la remisión del informe de resultados.


Además, OFS, una vez concluidos los procesos antes referidos, entregará un informe de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2019 al Congreso, a través de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, a más tardar el día 25 de noviembre de 2020, guardando absoluta reserva y confidencialidad de sus actuaciones y resultados hasta la dictaminación.

Asimismo, Castro López refirió que el proceso de revisión y fiscalización superior de la cuenta pública se llevará a cabo conforme a las disposiciones y términos de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, así como del Reglamento Interior del OFS.

Finalmente, se indicó que se dará continuidad a las actividades de revisión y fiscalización superior de las cuentas públicas del ejercicio 2019, respecto de los ingresos, egresos y deuda, el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos, así como de las auditorías sobre el desempeño en el cumplimiento de los objetivos contenidos en los planes y programas de los poderes del estado, municipios, organismos autónomos y demás entes públicos fiscalizables, mismas que fueron suspendidas con motivo de la emergencia sanitaria por la enfermedad generada por el virus SARS–CoV–2 (Covid–19), emitida por el Consejo de Salubridad General.


Cabe destacar que dicho dictamen fue aprobado con 24 votos a favor y cero en contra, de manera nominal.

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