Por mayoría de votos, el pleno del Congreso aprobó una serie de reformas y adiciones a la Constitución Política local en materia de igualdad sustantiva, perspectiva de género, derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y erradicación de la brecha salarial por razones de género.
Las iniciativas fueron promovidas por las diputadas María Ana Bertha Mastranzo Corona y Lorena Ruíz García ambas de la bancada de Morena, así como por las Colectivas Mujeres Libres y 50+1 Capítulo Tlaxcala, con la finalidad de erradicar la discriminación y generar un trato igualitario entre mujeres y hombres.
Las enmiendas prevén que el hombre y la mujer son iguales ante la ley, a la igualdad de oportunidades en materia de trabajo, incluida la igualdad de retribución por labores similares, sin tener en cuenta el sexo ni el género. Las leyes establecerán los mecanismos tendentes a reducir y erradicar la brecha salarial de género.
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También validaron la reforma para ordenar que los tribunales y jueces velarán por el respeto de los derechos fundamentales de los indígenas y la dignidad e igualdad entre el hombre y la mujer, con perspectiva de género; así como al trato igualitario sin distinción de personas por razón de raza, sexo, edad, religión, ideología, filiación, preferencia sexual, pertenencia a minorías o lugar de nacimiento.
Con la reforma a la fracción VII, del artículo 19 de la Constitución local establecieron que el hombre y la mujer son iguales ante la ley, tendrán derecho a la igualdad de oportunidades en materia de trabajo, incluida la igualdad de retribución por labores similares, por lo que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.
Mientras que a través de la adición a la fracción XVI, del artículo 19 de la Constitución local se instituyó que todas las mujeres tienen derecho a una vida libre de violencia tanto en el ámbito público como en el privado, que las mujeres tienen el derecho a ser libres de toda forma de discriminación y el Estado implementará las medidas encaminadas a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, y de forma progresiva, implementar programas de educación para fomentar el conocimiento y la observancia del derecho de la mujer a una vida libre de violencia.
En tanto que, la reforma al párrafo tercero del artículo 72 dispone que la Fiscalía General de Justicia del Estado otorgará de oficio o a petición de parte, medidas u órdenes de protección que deriven de violencias de género en contra de las mujeres o de delitos relacionados con las violencias de género contra las mujeres a través de las fiscalías especializadas para tal fin.
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Mientras que la reforma al párrafo primero del artículo 78 se refiere a la seguridad pública como una función a cargo del Estado, establece deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños y, también dispone que, la actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá, entre otros principios, por la perspectiva de género.
El decreto de reforma constitucional fue remitido a los 60 municipios de la entidad para que realicen su aprobación correspondiente, para que, en caso de validación, ordenen su publicación y entren en vigor dichas enmiendas.


