El pleno del Congreso local aprobó la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), con lo cual, los diputados determinaron que cada magistrado, en lo individual, y de conformidad con su ponencia, podrá resolver asuntos en materia administrativa y fiscal, así como de responsabilidad patrimonial sin necesidad de someterlo a la voluntad del pleno de ese órgano.
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De paso, pese a ratificar la autonomía del TJA, los diputados decidieron, ampliar el mandato de Elías Cortés Roa como presidente de ese Tribunal hasta el día 14 del mes de enero del año 2025, cuando debería concluir ese encargo en septiembre del año 2024.
Ello al fijar un artículo transitorio en el que determinaron que “por única ocasión, a fin de ajustarse al término establecido por el artículo 18, párrafo segundo de esta Ley, el presidente del Tribunal que se encuentre en funciones a la entrada en vigor de la misma, concluirá su encargo hasta el 14 de enero de 2025.
En la sesión ordinaria de este jueves, los diputados avalaron la creación de esta norma, pues a pesar de que el TJA fue creado desde septiembre del año 2018, no contaba con una norma que rigiera la vida interna y fortaleciera su operatividad.
De acuerdo con la nueva ley, este Tribunal contará con las facultades, competencias y organización que establece la Constitución Federal, la Constitución local, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás normativa aplicable, además que formará parte integrante del Sistema Estatal Anticorrupción y está dotado de plena jurisdicción, autonomía e imperio suficientes para hacer cumplir sus determinaciones.
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El dictamen, avalado por mayoría de votos, prevé que serán tres ponencias las que integren el TJA, una por cada magistrado, quienes, ahora, podrán resolver de manera individual –sin someter su resolución a consideración del pleno -, de las controversias de carácter administrativo que se susciten entre la administración pública estatal y municipal con los particulares, en términos de lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Tlaxcala y sus municipios; de los actos de autoridades que impongan sanciones que el interesado estime indebidamente fundadas y motivadas, entre otros.
Esa disposición fue objetada por el diputado panista José Gilberto Temoltzin Martínez, quien refirió que permitir la resolución de casos de manera unipersonal por cada magistrado “solo desnaturaliza la función colegiada y permea la incertidumbre de los criterios de las resoluciones y pueden ser recurridas…las ponencias solo deben presentar proyectos y no resolver”.
Esa misma condición fue refutada por el perredista Juan Manuel Cambrón Soria, conlleva inconstitucionalidad, atenta contra la imparcialidad, y de paso, abre la posibilidad de que cualquier resolución sea impugnada por “los visos de inconstitucionalidad e imparcialidad”.
Sin embargo, esas posiciones fueron ignoradas, ya que 19 de los integrantes de la LXIV Legislatura decidieron no atender las propuestas y avalar el dictamen pese a las advertencias.
De acuerdo con la nueva ley, este Tribunal contará con las facultades, competencias y organización que establece la Constitución Federal, la Constitución Local, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás normativa aplicable, además que formará parte integrante del Sistema Estatal Anticorrupción y está dotado de plena jurisdicción, autonomía e imperio suficientes para hacer cumplir sus determinaciones.
El dictamen, avalado por mayoría de votos, prevé que las resoluciones que emita el Tribunal, deberán apegarse a los principios de legalidad, máxima publicidad, respeto a los derechos humanos, verdad material, razonabilidad, proporcionalidad, presunción de inocencia, tipicidad y debido proceso.
En cuento a sus sesiones plenarias, la nueva norma prevé que el TJA tendrá su residencia en la capital del estado, funcionará todos los días del año, a excepción de los sábados, domingos y días de descanso obligatorio, en un horario de 8 a las 15 horas y sus instalaciones son inviolables y por tanto queda prohibido el acceso a cualquier persona armada.
Además, establece que, con base en su autonomía presupuestaria y financiera, el TJA aprobará y ejercerá directamente su presupuesto, observando los principios de honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad, transparencia, rendición de cuentas, austeridad y racionalidad.
De manera puntual, prevé que, para el ejercicio de sus atribuciones jurisdiccionales, contará al menos con un secretario General de Acuerdos; un actuario adscrito a la Secretaría General de Acuerdos; secretarios de Estudio y Cuenta adscritos a cada una de las ponencias; actuarios y proyectistas necesarios.