La extracción global de agua se ha más que triplicado en los últimos 50 años. Hoy día se estima que dos mil millones de personas en el mundo viven en regiones con algún grado de estrés hídrico y la tendencia es que aumente en tanto que, por ejemplo, para el 2025 se espera que el consumo de agua sea 50% mayor en los países desarrollados y en 18% en los países en desarrollo, estos últimos precisamente donde se registraría el mayor incremento poblacional y buena parte de los impactos de la variabilidad del clima.
En tal panorama, cabe advertir que México ya se coloca a la cabeza de la lista de países con escasez de agua severa durante al menos un mes del año, lo cual podría tener implicaciones cada vez más importantes en los ecosistemas, la producción de alimentos, el consumo humano del líquido y la salud.
Los datos de país son reveladores. La demanda de agua aumentó seis veces en el último siglo, afectando la disponibilidad natural media anual por habitante, la cual en 1955 era de 11,500 m3, pero para 2015 había llegado a 3,692 m3, es decir, una disminución de 67% en tan sólo un periodo de 60 años. El escenario futuro tampoco es alentador pues se espera que tal disponibilidad se reduzca para el 2030 a 3,250 m3 per cápita al año. Más aún, en tres de las trece regiones hidrológico-administrativas del país (constituidas por 37 regiones hidrológicas), la disponibilidad media de agua para el 2030 podría llegar al rango de los 136 y los 899 m3 per cápita al año, siendo el caso más grave la región del Valle de México.
Aunque la presión sobre el recurso hídrico es en promedio del orden del 19.2% a escala nacional, lo cual se considera como presión moderada-baja (40% es considerada de presión alta), no es menor el hecho de que 8 de las 13 regiones hidrológicas-administrativas en las que se divide el país ya estén en condición de presión alta (o muy alta), ello debido a las asimetrías de disponibilidad y demanda de agua imperantes. En consecuencia, de los 653 acuíferos nacionales, la cantidad de aquellos sobreexplotados se triplicó desde 1975 al pasar de 32 acuíferos en esa condición a 105 acuíferos sobreexplotados en 2015 (de los cuales 18 registraban intrusión marina y 32 estaban bajo el fenómeno de salinización de suelos y aguas subterráneas salobres). Es de advertirse que de esos acuíferos sobreexplotados se extrae casi la mitad del agua subterránea para todos los usos.
Tomando nota de lo antes dicho, no sorprende que las tensiones y eventuales disputas derivadas de la escasez del líquido (biofísica y socialmente construida), que se expresan a nivel local o de cuenca, genera mayores y más intensos desafíos, por un lado, entre diferentes asentamientos urbanos y sus cuencas vecinas; y por el otro, entre distintos usuarios, sean ésos de tipo agrícola, industrial o urbano. Esta situación incluye las regiones fronterizas, donde, dígase de paso, no existe un acuerdo binacional en materia de agua subterránea. Ejemplo de conflictos recientes por el agua incluyen los que se experimentan en la cuenca del Lerma-Cutzamala que abastece a la ZMVM, pero también de aquellos en torno al usufructo de manantiales dentro en la propia Ciudad de México; el relacionado al Acueducto Independencia en Sonora; los conflictos y tensiones en torno a la apropiación del agua por parte de las mineras (del orden de unos 437 millones de m3 de agua al año) o de parte de embotelladoras de agua, bebidas azucaradas y bebidas alcohólicas (caso de Constellation Brands en Mexicali, Baja California; Heineken en Meoqui, Chihuahua; Nestlé en Tlahuapan, Puebla; o Coca Cola en Apizaco, Tlaxcala); entre muchos otros.
En respuesta a la creciente demanda de agua en el país, no sólo por parte de la población, sino de diversos capitales extractivos y productivos, tanto nacionales y extranjeros, el pasado 6 de junio fueron publicados 10 decretos en el Diario Oficial de la Federación que cancelan las vedas existentes en diversas cuencas hidrológicas del país, ello bajo el argumento de ser de interés público. Según sugieren tales decretos, el principal móvil ha sido el de la conservación de los ecosistemas. No obstante, denota que la supresión de las vedas fue aprovechada, sí para conformar “reservas de agua” de uso ambiental, pero también para liberar 1,166 millones de m3 para uso doméstico y público urbano (véase Tabla 1).
La apuesta de pasar de la figura de veda a la de reserva de agua, válida por 50 años, ya se había planteado en la muy criticada iniciativa de ley, entonces denominada Ley Korenfeld. En ésa uno de sus puntos clave eran las reservas de agua disponibles para usos “estratégicos” a lo largo y ancho del país, propuesta que llevó a imaginar que tales usos estratégicos bien podrían ser aquellos de parte de la pujante industria extractiva, pero también del sector inmobiliario especulativo, entre otros beneficiarios que verían factible la posibilidad de hacerse de un bien común, independientemente de si ése se originara o se encontrara en tierras de propiedad social.
El antecedente que pretende instalarse con la conformación de reservas de agua no es una cuestión menor, más allá de si ésas son o no destinadas a su uso ambiental. Ello se debe a que se abre la puerta a la naturalización de la figura de reserva de agua. Logrado lo anterior, una reserva de agua puede ser pensada bajo diversos objetivos como los visualizados en torno a la Ley Korenfeld, esto es, objetivos que no precisamente busquen dar garantía al derecho humano al agua y a un medio ambiente sano. La ambigüedad de los decretos sugiere lo anterior pues el planteamiento de reservas de uso ambiental va acompañado, como se dijo, de la liberación de volúmenes importantes de agua para su concesión, en algunos casos en zonas que experimentan importantes demandas del líquido (debido a las industrias ahí instaladas o a los procesos de expansión urbana que se verifican en ciertas zonas afectadas por los mencionados decretos).
Tal vez lo más llamativo del proceso es que se tomó una decisión a puerta cerrada, no sobre cualquier bien común, sino sobre el bien común más relevante para soportar la vida misma. En ese sentido y pese a la legalidad de los decretos -que nótese, bien pueden ser revisados-, resulta fundamental hacer un llamado público a transformar los mecanismos mediante los cuales se toman las decisiones sobre los bienes comunes en México. Ésos deberían idealmente ser producto de un mínimo consenso social y, más aún, soportados en procesos de genuina coproducción de conocimiento con y para la gente, de tal suerte que efectivamente se reduzcan las asimetrías imperantes, dígase en cuanto al acceso, gestión y usufructo del agua. Ello es doblemente válido para el caso del agua dado que se trata de un bien común que ineludiblemente pasa por la gestión colectiva. Así entonces y considerando que la política pública normativamente hablando supone beneficiar a la gente, y en este caso también la integridad del medio ambiente, no cabe duda de que la toma de decisiones a puerta cerrada y de carácter vertical es en el mejor de los casos indeseable.
Tabla 1. Reservas de agua comprendidas en los 10 decretos publicados el 6 de junio de 2018 |
Fuente: elaboración propia con base en el Diario Oficial de la Federación, 6 de junio de 2018 y mapa del Atlas de Agua en México 2016 de CONAGUA.
Gian Carlo Delgado Ramos. Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Ciencias y Humanidades, UNAM.