Lunes, diciembre 8, 2025

Tribunal concede amparo a familia de Araceli Vázquez y ordena revisar el crimen como feminicidio

Equipo legal de la familia urge al PJ estatal y a la FGE a agilizar el proceso

El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito, con sede en San Andrés Cholula, aprobó el amparo promovido por la familia de Araceli Vázquez Barranco, víctima de feminicidio en Acajete en 2013, contra la reducción de la condena del responsable del crimen, Javier Mauricio Díaz, así como contra la reclasificación del delito a homicidio doloso.

Consulta: Sin sanción permanece el presunto feminicidio de Araceli Vázquez ocurrido hace una década

La resolución fue aprobada por unanimidad por los magistrados Arturo Gamaliel Ruiz Jiménez, José Luis Moya Flores y José Gabriel Ortega García, quienes coincidieron en que el asesinato presenta todos los elementos para ser considerado un feminicidio. Por ello ordenaron a la Fiscalía General del Estado (FGE) y al Tribunal de Alzada retomar el caso y revisarlo bajo perspectiva de género.

De acuerdo con los magistrados, durante la revisión sólo existieron discrepancias respecto a cuál fue la instancia que incumplió los criterios establecidos en la sentencia Lima Buen Día, emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en 2015, que obliga a fiscalías y poderes judiciales de los 32 estados a analizar toda muerte violenta de una mujer con perspectiva de género.

Para el magistrado Gamaliel Ruiz Jiménez, el Tribunal de Alzada no valoró adecuadamente la evidencia reunida por el Ministerio Público, con apoyo de la familia de Araceli, que acreditaba la violencia psicológica previa ejercida por Javier Mauricio Díaz durante los dos meses de acoso y hostigamiento que antecedieron al asesinato del 13 de noviembre de 2013.

Señaló que las pruebas eran suficientes para acreditar la violencia, la saña del crimen y la intención de humillar a la víctima. “La causa de la muerte fue un hemotórax lateral por perforación de pulmones y corazón con un cuchillo. Está probado que la pareja llevaba dos meses separada, que él conocía su rutina y la atacó cuando se encontraba bañándose, desnuda, con 14 heridas. Esto demuestra razones de género”, puntualizó.

El magistrado agregó que el proyecto del Tribunal de Alzada tampoco consideró que la violencia de género puede coexistir con el hecho violento. “Su madre intentó cubrirla cuando la encontró en el baño porque estas condiciones son claramente humillantes. Considero que las pruebas permiten otorgar el amparo por los vicios procesales detectados”, sostuvo.

En contraste, los magistrados José Gabriel Ortega García y José Luis Moya Flores señalaron que la deficiencia se originó en el proceso encabezado por el Ministerio Público. Moya Flores coincidió en que se trató de un feminicidio, pero advirtió que todos los elementos expuestos por Ruiz Jiménez debieron haber sido sustentados desde la acusación formal presentada por la FGE.

Argumentó que el dictamen de acusación describió al imputado como “probable responsable” y contenía errores que desestimaron evidencia clave, lo que debilitó la sentencia original de 35 años. Este vacío, dijo, permitió al acusado apelar y obtener la reducción de pena a 27 años y 6 meses.

“Todo lo que usted dijo, que la acechó, la vigiló, que esperó el momento oportuno y la atacó cuando estaba indefensa, lo debe sostener el Ministerio Público. Si tomamos pruebas que el Tribunal de Alzada determinó que ‘no existen’, ¿nos saltamos el debido proceso? ¿Damos oportunidad a que alguien alegue que fue sentenciado con violaciones procesales?”, cuestionó.

Concluyó que, aunque el caso ha transcurrido por más de una década, la reparación del daño implica que la sentencia sea sólida, sin objeciones y lo suficientemente clara para que no quepa duda de que se trata de un feminicidio.

Pese a las diferencias entre los magistrados, el proyecto fue aprobado por unanimidad. El Tribunal y la FGE deberán reabrir el proceso para emitir una nueva sentencia y conducir el caso con perspectiva de género.

Finalmente, la Clínica Minerva, adscrita a la Universidad Ibero Puebla y acompañante legal de Amada Barranco, madre de la víctima, celebró el fallo este viernes y urgió a la FGE y al Poder Judicial a actuar con perspectiva de género y agilizar el proceso, pues la reclasificación del delito, la reducción de la pena y la reapertura del expediente representan un ejercicio revictimizante para la familia.

Lee: Medidas contra la violencia de género no han frenado los feminicidios; en Puebla se registra uno cada semana: activistas

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