El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inexistente el uso de recursos públicos y la promoción indebida que un ciudadano imputó a Claudia Rivera Vivanco, por emplear la silueta de Andrés Manuel López Obrador en la campaña por la alcaldía de Puebla de 2021.
La Sala Regional Ciudad de México del TEPJF concluyó que no es posible vincular la imagen del presidente de la República con los programas sociales del gobierno federal, razón por la cual su incorporación en propaganda electoral no representa una transgresión a la ley.
Los promocionales denunciados por Raúl Barroso Cruces se difundieron en distintas redes sociales para llamar a votar a favor de Claudia Rivera, quien buscó su reelección como presidente municipal de la capital del estado el año anterior, a través de la alianza de Morena y el PT.
El tribunal determinó que no encontró elementos en la propaganda “que, sin ambigüedades y de manera inequívoca, demuestren que a través de dicho material la denunciada hubiese pretendido alcanzar un mayor posicionamiento ante la ciudadanía”.
Durante la sesión de la Sala Regional, los magistrados también atendieron un juicio contra Carlos Augusto Tentle Vázquez, exedil de Ciudad Serdán por Morena que fue denunciado ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de ese partido, por buscar su reelección como como candidato del PVEM en 2021.
El TEPJF señaló que la CNHJ desechó la queja, promovida por Luis Norberto Vázquez Lucas, bajo el argumento de que Tentle Vázquez no era militante del instituto político, decisión que ratificó indebidamente el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP).
“El actor (Norberto Vázquez) planteó que el denunciado (Auguste Tentle) sí tenía la calidad personal suficiente para ser sancionado debido a que, en su momento, protestó el cargo de una presidencia municipal como representante popular emanado de Morena, cuestión que no fue atendida por el tribunal local”, señaló la Sala Regional.
En ese contexto, el TEPJF revocó parcialmente la resolución del órgano jurisdiccional del estado, a fin de que estudie los argumentos esgrimidos por el inconforme y emita un nuevo fallo.