La Comisión de Transporte y Movilidad del Congreso estatal aprobó por unanimidad de votos las modificaciones a la Ley del Transporte, que faculta a la Secretaría de Movilidad como la única instancia que puede otorgar permisos o concesiones de los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos. Los cambios también establecen que la dependencia también celebre convenios de coordinación con los ayuntamientos para la autorización de los servicios.
La modificación busca contrarrestar y evitar las prácticas nocivas que han sido señaladas por los ciudadanos cuando han tenido que enfrentar algún siniestro y necesitado el servicio de grúas, así como diversas organizaciones del transporte, que han señalado una serie de irregularidades, entre ellas los cobros excesivos. Por ello, regular en la nueva legislación las tarifas en la prestación del servicio de arrastre, salvamento y depósito de vehículos es clave, ya que en esa materia se ha cometido todo tipo de abusos.
Se buscaría terminar con las prácticas monopólicas y territoriales; su intencionalidad recae en el artículo 53, pues fue modificado para que los usuarios sean quienes elijan a la empresa encargada de prestarles el servicio.
De aprobarse, en el pleno en la próxima sesión ordinaria del Congreso estatal, deberían someterse anualmente aún si cuentan con una licencia de operación por tiempo indeterminado. Las reformas involucran la estandarización de documentos, inventarios y demás que se elaboren respecto de los vehículos que deban ser arrastrados y la sujeción y cumplimiento de las tarifas autorizadas, con el objetivo que el servicio que se preste en estos rubros por parte de terceros sea eficiente y de calidad.
La posibilidad de transparentar el otorgamiento de permisos y concesiones sería un gran avance frente a la opacidad en que los servicios de grúas han sido entregados y los múltiples señalamientos de corrupción que han envuelto a este tipo de negocios.


