El regidor de San Martín Texmelucan José Galindo Yamak, que llegó al cargo con el respaldo de la coalición Morena-PT, se convirtió en la cuarta persona que es incorporada al catálogo de sujetos sancionados por ejercer violencia política de género en Puebla, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) confirmó que incurrió en esa falta contra la alcalde de ese municipio, Norma Layón Aarun.
La sentencia da argumentos al Congreso local para avanzar en el proceso de revocación de mandato que Layón solicitó contra Galindo en marzo pasado y, una vez que el fallo quede firme, el regidor quedará impedido para competir por otro cargo de elección popular.
La presidente del TEEP, Norma Angélica Sandoval, explicó que Galindo incurrió en violencia sexual, psicológica y simbólica al difundir en redes sociales mensajes dirigidos a perpetuar un estereotipo de género contra la mujer, relacionado con su vida sexual.
“Se está realizando una expresión que bajo mi óptica es completamente denigrante, inaceptable dentro de una red social, fuera de una red social, y no debe realizarse si lo que estamos buscando es erradicar todo tipo de violencia en contra de las mujeres y garantizar que participen de una manera más activa dentro de la vida política”, expuso la magistrada, al abordar el tema durante la sesión de este día.
Agregó que los comentarios emitidos por José Galindo “lo único que hacen es inhibir el deseo de las mujeres de seguir participando en política”, por lo que el TEEP tiene que actuar en consecuencia.
El regidor de Texmelucan formará parte de los catálogos de sujetos sancionados por violencia política contra la mujer que tiene habilitados el Instituto Electoral del Estado (IEE) y el Instituto Nacional Electoral (INE), de los que también forman parte los exalcaldes de Morena Pascual Morales Martínez de Francisco Z Mena y Edmundo Jesús Ramírez Castillo de Santiago Miahuatlán, así como el periodista Gerardo Ruiz Herrera.
El tribunal revocó a Pascual Morales la candidatura a la reelección como edil el 21 de mayo 2021, ya que el Código Electoral local establece en el artículo 15 que son inelegibles las personas que hayan sido sancionadas “en sentencia firme” por violencia política.
En el caso de José Galindo, el TEEP además dio vista de su resolución al ayuntamiento de San Martín Texmelucan, a fin de que “imponga la sanción correspondiente”, y le ordenó cumplir medidas para la reparación del daño y sensibilización, así como garantías de no repetición.