Puebla se convirtió en la séptima entidad federativa en tipificar el delito de fraude familiar, para sancionar hasta con cinco años de cárcel el ocultamiento de bienes generados durante un matrimonio, concubinato o relaciones de hecho con el fin de incumplir sus responsabilidades con los hijos menores de edad o violentar a las mujeres de manera patrimonial.
La reforma al Código Penal la aprobó el Congreso local en una sesión donde la diputada del PRI Rocío García Olmedo informó que la misma medida se tomó en el estado de México, Coahuila, Tamaulipas, Sinaloa, Durango y Zacatecas, de las 32 entidades federativas del país.
“El objetivo es garantizar las necesidades básicas de alimentación, vivienda, educación, salud y de recreación para los hijos menores de edad”, abundó la legisladora, autora de la iniciativa.
La reforma consistió en adicionar el artículo 407 Bis al Código Penal local, para prohibir que el patrimonio común generado durante el matrimonio, el concubinato o relaciones de hecho se oculte, se transfiera o se adquiera a nombre de terceros.
El fraude familiar se sancionará con prisión de uno a cinco años, así como una multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en el momento de la comisión del delito, lo que equivale a 8 mil 962 pesos y 26 mil 886 pesos, respectivamente, de acuerdo con el valor del UMA que se fijó para 2021.
Se persigue erradicar la violencia patrimonial
García Olmedo refirió que el Código Penal federal considera el fraude familiar desde 2012, figura que defiende la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim) para que la violencia patrimonial que se ejerce sobre las mujeres sea sancionada debidamente.
Explicó que la violencia patrimonial es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima y se manifiesta en la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades.
La violencia patrimonial puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la persona agredida, de acuerdo con el Conavim.