La Universidad Autónoma de Puebla (UAP) propondrá al Congreso local una reforma a la ley que la rige, con la finalidad de aumentar su margen de autonomía, ajustándolo a lo que establece la Constitución del país para todas las instituciones de educación de su tipo.
La enmienda es impulsada por la rectora María Lilia Cedillo Ramírez, y su contenido se expuso este 17 de mayo al Consejo Universitario, cuyos integrantes aprobaron someter el proyecto a consulta de estudiantes, personal académico y personal administrativo vigente, a través de una plataforma digital que estará abierta las 24 horas del día hasta el 22 de mayo.
Miriam Olga Ponce Gómez, abogada general de la institución, explicó que las modificaciones se impulsan a la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla para actualizarla, ya que el ordenamiento se creó en 1991 y la única reforma que se le realizó data de 1998.
UAP dejará de ser organismo constitucionalmente autónomo
Uno de los cambios que la abogada general consideró “de fondo” se centra en el artículo 3 de la normatividad vigente, a fin de que la UAP deje de ser concebida como un “organismo constitucionalmente autónomo”, para que se le reconozca únicamente como un “organismo público descentralizado del estado”.
De acuerdo con Ponce Gómez, se sugiere suprimir ese término porque en los hechos ha afectado la autonomía de la universidad, al atribuirle obligaciones propias de organismos que no tienen relación con la UAP como el Banco de México y el Instituto Nacional Electoral.
Otra de las consecuencias de definir a la universidad como organismo constitucionalmente autónomo, prosiguió la abogada general, es que se pretende tratar a los funcionarios universitarios como servidores públicos para efectos de responsabilidades administrativas, pese a que la Constitución del país no les otorga esa calidad.
Actualmente el artículo 3 de la Ley de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla determinada que “la Universidad como organismo constitucionalmente autónomo tiene
libertad para organizarse y gobernarse a sí misma, definir su estructura y funciones académicas, así como sus planes y programas, fijar los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico y administrar su patrimonio”.
La reforma propone dejar esa porción normativa como sigue: “La universidad como institución de educación media superior y superior pública ejercerá su autonomía en términos de lo dispuesto por el artículo 3 fracción séptima de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Se elimina requisito de edad máxima para ser rector
Con objeto de evitar actos discriminatorios por razón de edad, Miriam Olga Ponce Gómez dijo que también se plantea eliminar la edad máxima como requisito para ocupar el cargo de la rectoría, para que la ley esté acorde con lo establecido en el artículo 1 párrafo quinto de la Constitución.
Asimismo, aseguró que el proyecto incorpora avances logrados en los últimos años en materia de atención a minorías, así como la transparencia en el ejercicio de los recursos públicos y la rendición de cuentas a la sociedad.