Viernes, abril 19, 2024

Privacidad

Como pasa por todo el país, recientemente en el lugar en que vivo, unos vecinos organizaron una fiesta con todo y mariachi. Puede ser comprensible que se quiera celebrar el cumpleaños de alguien en plena pandemia pues imagino que existe la preocupación de que sea la última vez que se pueda. Imagino que es como los músicos de la película Titanic, que interpretan música en pleno naufragio: hay que celebrar a sabiendas del riesgo del Covid… mórbido, sin duda. Por supuesto, algunos vecinos nos quejamos en un grupo de guats que tenemos, unos por el ruido, y otros, entre los que me contaba, por la reunión de muchas personas en un momento de pandemia. Nos guste o no, lo creamos o no, el virus existe, es altamente contagioso y tiene consecuencias terribles dependiendo del que la contraiga, desde secuelas bastante serias -como diabetes, daño pulmonar, neumonía-, hasta la muerte. Sin embargo, de la discusión que se generó vino un argumento que me llamó la atención y que motiva el presente escrito, especialmente porque he escuchado que lo esgrimen algunas personas cuando las autoridades les solicitan que una fiesta de quince años o una boda se cancelen para evitar contagios: “está en su casa, es propiedad privada y es libre de hacer lo que quiera”. Puede ser un argumento válido si nos atenemos exclusivamente al espíritu de uno de los preceptos más importantes acuñados por la modernidad que es la idea del derecho a la privacidad. Sin embargo, como muchos otros preceptos, conlleva lo mismo ventajas que desventajas.

Como menciona Jaqueline Peschard en una publicación del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, “Cien años del Derecho a la Privacidad en la Constitución”, cuando “…hablamos de privacidad nos referimos a una esfera de la vida que está fuera de la intromisión del Estado, es decir, que está protegida del escrutinio de los otros porque sólo atañe a la persona en lo individual. Por eso, la definición que propuso Thomas Cooley, a final del siglo XIX, condensa su significado: es ‘el derecho a que te dejen estar solo’. No obstante, en la actualidad el concepto de privacidad tiene diversas acepciones, pues se refiere a las libertades individuales, a la inviolabilidad del domicilio, al sigilo en la correspondencia y a las comunicaciones, al control sobre los datos personales, al derecho a decidir sobre el propio cuerpo, o a no ser sujeto de vigilancia”. En el caso que nos ocupa, la garantía de que al interior del hogar hay plena libertad, como esa “inviolabilidad del domicilio”, queda expresada en el artículo 16 constitucional mexicano, que a la letra dice: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”. Claro, dicho artículo tiene más el sentido de protección de los individuos frente a abusos de la autoridad, pero también a proteger la integridad de su espacio privado. De la garantía de privacidad, se piensa, depende que el sujeto pueda auto determinarse en todos los sentidos, especialmente en lo profesional y en lo religioso; que pueda decidir la educación y la formación de sus hijos; que pueda, en suma, ser un sujeto individual, triunfo del pensamiento liberal y moderno, acuñado desde el siglo XVIII como producto de la Ilustración y de las constituciones francesa y norteamericana. Se le relacionan varios derechos a este de la privacidad, según Peschard, como son “la libertad de conciencia, que es piedra angular del ámbito privado y de la dignidad de la persona, que incluye la libertad de religión, la libertad de expresión y de prensa, pasando por el derecho de libre tránsito, de reunión y de asociación, hasta el de propiedad y a la toma de decisiones sobre educación, salud, reproducción, familia, en suma, todo lo relativo al individuo propiamente dicho”. Según esta premisa, y siguiendo a esta autora, los “modernos” vivirían una espece de “individualidades colectivizadas” a partir de la constitución del Estado Liberal moderno; los “antiguos” ejercían su libertad colectivamente pues implicaba “el sometimiento completo del individuo a la autoridad del conjunto…”, es decir, al bienestar de la mayoría. Hoy, que vivimos esta pandemia, ser antiguo no suena tan mal.

Por supuesto, conforme ha avanzado el derecho y se han contemplado en verdad los Derechos Humanos, múltiples aspectos que antes habían quedado supeditados a la vida privada, se encuentran ahora tipificados como delito, como son la violencia en el interior del hogar, el abuso sexual, o la violación. No hace muchos años, allá por finales de los noventa del siglo pasado, un diputado panista le decía a Carolina O’Farril -diputada independiente en el Congreso de la Nación- cuando ella buscaba convencerlo de  que su fracción parlamentaria apoyara el proyecto para tipificar la violación conyugal -que en ese instante estaba en la legislación como “el uso indebido de un derecho conyugal”-, que “si él no podía violar a su esposa, ¿entonces para qué se había casado con ella?” En la lógica del panista, todo eso quedaba dentro del ámbito de la vida privada y era libertad del sujeto hacer lo que le viniera en gana, incluso, violar a su esposa. O’Farrill sostenía que “lo que era un delito en la calle, no podía ser un derecho al interior del hogar”. En efecto, no debemos confundir una cosa con la otra. Tales derechos vinculados a la privacidad, especialmente el concepto de propiedad privada y el de libertad de expresión, no son carta blanca para que los individuos hagan en su casa lo que quieran o para que digan de quien sea lo que sea en público o privado. Juguemos un poco con la idea. Si uno de nuestros vecinos monta un laboratorio para elaborar metanfetamina en casa, ¿debemos aceptarlo pues lo hace dentro de su casa, que es propiedad privada y es libre de hacer lo que quiera? ¡Pamplinas! Lo mismo si decide ese vecino darle tundas a su esposa e hijos, ¿hay que dejarlo que lo haga libremente? No, ¿verdad? Por si fuera poco, hay un reglamento de condóminos que regula algunas actividades dentro de los fraccionamientos y que responde a otros ordenamientos legales, por lo que esa libertad se ve acotada por múltiples instancias, es decir, se es libre, pero no tanto. Los de la fiesta respetaron el reglamento, eso sí, y terminaron el ruido a las once de la noche, tal como está estipulado. Pero el asunto es más del ámbito de lo moral, que de lo legal. La propia constitución lo contempla en casos como el que estamos viviendo en el artículo 73 acerca de las atribuciones del Congreso y a la formación del Consejo de Salubridad General. Y dice en su Fracción XVI, que “En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República”. Y se ha hecho. Las autoridades estatales han sido claras al desestimar las reuniones públicas y privadas donde puedan relajarse las condiciones de sana distancia, pero al final no han sido contundentes al impedirlo, es decir, utilizar la fuerza pública para obligar a los sujetos a permanecer en casa. Sin duda, los discursos son contradictorios desde el poder pues ha sido laxo en la creación de disposiciones en torno a la pandemia -la reunión de contingentes de simpatizantes de candidatos a dirigir Morena fuera del INE es ilustrativa de esto- pero eso no quita que nosotros los ciudadanos no tengamos sentido común. Como hemos visto, lo privado no lo es tanto y el sentido común tampoco lo es. La indignación viene de que, en todas estas fiestas, reuniones, jaripeos, conciertos masivos y cuanta actividad no primordial, no se guardan las más elementales precauciones de la sana distancia. Quizá los vecinos de la casa donde se dio la fiesta se cuidan mucho, pero no sabemos si así lo hacen todos sus visitantes; tampoco si los mariachis se cuidan y cuántos eventos cubrieron el mismo día llevando y trayendo cuanta cosa se les ocurra; cuántas gotículas con Coronavirus circularon de un lado al otro; cuántas salieron de esa fiesta y terminaron en los hogares de los que vinieron y cuántos de ellos tienen el virus y son asintomáticos… Lo privado suena bien, pero en una pandemia como en la que nos encontramos, es necesario sacrificar nuestro “derecho” en beneficio de la colectividad. En eso, como en muchas otras cosas, me manifiesto “antiguo”.

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