Jueves, abril 25, 2024

Hasta seis años de prisión, propone el Ejecutivo a elementos de vialidad que extorsionen a productores del campo

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El Poder Ejecutivo local envió al Congreso del estado una iniciativa de reforma al Código Penal, para imponer entre seis meses y seis años de cárcel a los elementos de vialidad que extorsionen a conductores de vehículos que trasladen productos del campo, agropecuarios, así como de primera necesidad.

Al proyecto antecedió un decreto emitido por el gobernador, Luis Miguel Barbosa Huerta, el 17 de noviembre pasado, para sancionar con la suspensión o baja a los servidores públicos que imponga cualquier tipo de infracción contra los chóferes antes señalados.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, que preside la diputada de Morena María del Carmen Cabrera Camacho, donde será dictaminado.

En la exposición de motivos del documento, el titular del Poder Ejecutivo local señaló que “durante mucho tiempo fue una constante el abuso de las autoridades de tránsito y vialidad, en contra de los conductores de bajos recursos de aquellos que no podían ni tenían quien los defendiera”.

Aseguró que, a la fecha, todavía hay servidores públicos que no entienden que todo acto de gobierno debe revestirse de seriedad y responsabilidad, situación a la que no abona la imposición de multas a autotransportes “pasados de moda” que se dedican al traslado de productos de primera necesidad.

La reforma se propone al artículo 419 del Código Penal, donde se enlistan los casos en los que un servidor público comete el delito de abuso de autoridad o incumplimiento de un deber legal, para incorporar la detención y sanción, así como la obtención de algún beneficio, “de los transportistas conductores de vehículos que trasladen productos del campo, agropecuarios, así como los de primera necesidad”.

El artículo 420 del Código Penal vigente determina que el delito de abuso de autoridad o incumplimiento de un deber legal, se sancionará con prisión de seis meses a seis años, así como una multa de 20 a 200 días de salario.

El código también contempla la inhabilitación hasta por seis años, para desempeñar otro cargo, empleo o comisión en el servicio público, para quien incurra en ese delito.

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