La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió a fines de mayo la Recomendación 126/2024, que dio a conocer en días recientes, dirigida a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y a los ayuntamientos de Huauchinango y Juan Galindo, “por los graves daños ambientales provocados por la contaminación de la presa Necaxa”.
Dicha recomendación establece que el problema se origina principalmente a partir de las descargas de aguas residuales sin tratamiento, que son resultado de un deficiente servicio de alcantarillado, drenaje y saneamiento en los mencionados municipios y la inoperancia de las plantas de tratamiento de las aguas residuales.
En el caso del municipio de Huachinango, quien realiza las descargas es el organismo descentralizado y operador de agua potable ESAPAH, cuyo gerente general informó en 2022 que la Profepa emitió la clausura total del proyecto de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Huauchinango el 14 de junio de 2017, debido a que no contaba con autorización de impacto ambiental, al encontrarse dentro de un área preferentemente forestal y dentro de la poligonal del Área Natural Protegida (ANP) de la microcuenca de Necaxa, por lo que no se encontraba en operación, aunque el municipio cuenta con permiso de descargas otorgado por la Conagua desde 1994.
Por su parte, el síndico del ayuntamiento de Juan Galindo, informó que no se cuenta con los recursos financieros necesarios para emprender acciones para disminuir la contaminación en la presa y que su saneamiento requiere del involucramiento de autoridades federales, ya que la presa se encuentra inmersa dentro de un ANP.
La CNDH señala que ha constatado que, a pesar de las denuncias presentadas por la ciudadanía, las autoridades de los tres niveles de gobierno no han implementado acciones efectivas para mitigar el impacto ambiental, al mismo tiempo que los plazos establecidos por la recomendación se van cumpliendo sin que las instancias de gobierno señaladas avancen para controlar el grave problema de contaminación y las afectaciones a la salud de la población que ello conlleva.
Además, según la recomendación, la Conagua deberá realizar estudios técnicos para determinar la calidad del agua de la presa Necaxa y de las corrientes de agua que descargan en ella, incluyendo el río Texcapa, además de diseñar un programa periódico de monitoreo de la calidad del agua, con el propósito de que las autoridades garanticen el derecho a un medioambiente sano y el derecho. Y nos preguntamos, no tendría la Conagua que estar realizando esas actividades sin que la CNDH se lo instruyera, pero además atendiendo un problema que es generalizado en la entidad y en el país.