La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por mayoría de votos este jueves la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que anuló la convocatoria para la elección del dirigente municipal del Partido Acción Nacional (PAN) en la capital poblana, al determinar que no cumplió con el principio de paridad de género.
La resolución se sustentó en la ponencia de la magistrada Ixel Mendoza Aragón, respaldada por la presidenta María Cecilia Guevara Herrera, quienes enfatizaron que, en los últimos nueve períodos, sólo una mujer logró ocupar la presidencia panista municipal en 2021. Esta situación evidencia que la paridad entre mujeres y hombres no ha sido garantizada en dicha fuerza política.
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En el documento, la Sala Regional subrayó que la anulación de la convocatoria no vulnera el derecho de la militancia panista a elegir a su dirigencia, sino que, por el contrario, busca garantizar la igualdad sustantiva al reponer el procedimiento. “La paridad implica eliminar cualquier condición que limite la participación de las mujeres en igualdad de circunstancias”, se lee en la sentencia.
El fallo aclara que la determinación del TEEP no transgrede principios de certeza, pues al invalidarse la convocatoria, todos los actos subsiguientes carecen de efectos. Además, consideraron improcedentes los argumentos del PAN en torno a que la nulidad de la elección no fue solicitada de manera específica.
El PAN interpuso un recurso para la revisión constitucional, el cual fue desechado por la Sala Regional tras considerar que el partido carece de legitimación activa para ese medio de impugnación.
La magistrada Mendoza Aragón argumentó que históricamente la presidencia del Comité Directivo Municipal ha estado en manos de hombres, reflejando una desigualdad estructural. Sostuvo que una convocatoria mixta no es suficiente para asegurar la participación femenina, por lo que, en casos como el presente, es imprescindible establecer convocatorias exclusivas para mujeres si se busca efectivamente garantizar la igualdad sustantiva.
Aunque destacó que en el reciente proceso interno se reservaron para mujeres el 51 por ciento de las dirigencias municipales en renovación, persiste una marcada asimetría en la capital del estado, donde prevalece la presencia masculina en la dirigencia del partido.
En su voto particular, el magistrado José Luis Ceballos Daza expresó su respaldo al juicio de revisión constitucional solicitado por Acción Nacional y se manifestó en contra de reponer el procedimiento intrapartidario.
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